Artículo 8°.- Facúltase al Presidente de la RepúblicaLEY 19079
Art. Primero Nº 157
D.O. 06.09.1991
para que dentro del plazo de 180 días, a contar de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, pueda modificar la estructura orgánica de la Subsecretaría y del Servicio, mediante la dictación de un decreto con fuerza de ley.