Artículo 32.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N.° 6.640:
a) Agrégase los siguientes incisos al final del artículo 25:
"La colocación de recursos crediticios de la Corporación será efectuada solamente a través de préstamos a bancos, instituciones financieras y empresas de leasing. Su objeto será financiar proyectos de inversión en los rubros que determine su Consejo.
Tanto los recursos de la Corporación como los provenientes de empréstitos otorgados al Estado por organismos internacionales, que formen un programa de acción específico, administrado por la Corporación en calidad de órgano ejecutor, podrán ser colocados en forma directa o a través de préstamos a las entidades señaladas en el inciso anterior. Igual procedimiento regirá para aquellos programas financiados complementariamente con los recursos de la Corporación y empréstitos otorgados por organismos internacionales directamente a esta institución.
No obstante lo establecido en el presente artículo y demás normas legales y reglamentarias aplicables, la Corporación, para concurrir a la formación de empresas o participar en la propiedad o administración de otras distintas a las que al 31 de diciembre de 1989 tenga porcentaje en su capital social o injerencia en su administración, requerirá de autorización expresa otorgada por ley en conformidad a lo establecido en el inciso segundo del número 21 del artículo 19 de la Constitución Política. Igual autorización necesitarán para tales actos las empresas o entidades filiales de dicha Corporación.".
b) Reemplázase el artículo 26 por el siguiente:
"Artículo 26.- El Consejo de la Corporación, por acuerdo fundado adoptado por la unanimidad de sus miembros en ejercicio, podrá disponer, mediante licitación pública, la enajenación de créditos sólo a bancos o a otras instituciones financieras. Dichas enajenaciones podrán hacerse en un precio inferior al valor nominal del crédito, pero debiendo ser equivalente, a lo menos, al cien por ciento del valor de tasación de las garantías constituidas para caucionarlo."