Artículo 31.- El plazo para la interposición del recurso de reposición establecido en el artículo 9º de la ley Nº 18.575 será de cinco días hábiles contado desde la notificación de la resolución reclamada y la Superintendencia dispondrá de otros diez días hábiles para resolver.
Ley 21814
Art. 1 N° 11
D.O. 21.04.2026La interposición de este recurso suspenderá el plazo para efectuar la reclamación judicial prevista en el artículo siguiente.
Art. 1 N° 11
D.O. 21.04.2026La interposición de este recurso suspenderá el plazo para efectuar la reclamación judicial prevista en el artículo siguiente.