MODIFICA LA LEY N° 18.460, ORGANICA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DE ELECCIONES
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley
    Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 18.460. Orgánica Constitucional del Tribunal Calificador de Elecciones:
    1.- Sustitúyese, en el artículo 14, la palabra "veinticinco" por "treinta";
    2.- Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 15, el guarismo "21°" por "19°";
    3.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 15, por el siguiente:
    "Los nombramientos de personal a contrata o a honorarios que efectúe el Secretario relator de acuerdo con el artículo 8°, podrán recaer en funcionarios de los escalafones Primario y de Empleados del Poder Judicial, sin que rijan las incompatibilidades establecidas en el artículo 470, inciso primero, y las prohibiciones contenidas en el artículo 503, inciso primero, ambos del Código Orgánico de Tribunales.", y
    4.- Intercálase, a continuación del artículo 15, el siguiente artículo nuevo:
    "Artículo 16.- Los miembros y el personal del Tribunal no podrán intervenir en actividades o reuniones de índole política, con la sola excepción de la de ejercitar el derecho de sufragio.".

    Artículo 2.- El mayor gasto que demande la presente ley se imputará a los recursos contemplados en la Ley de Presupuestos de la Nación.

    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- SANTIAGO SINCLAIR OYANEDER, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el N° 1, del Art. N° 82 de la Constitución Política de la República, y por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación. Llévese a efecto como Ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, 16 de enero de 1990.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Carlos Cáceres Contreras, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Gonzalo García Balmaceda, Subsecretario del Interior.

    TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Proyecto de ley que modifica la Ley N° 18.460, Orgánica Constitucional del Tribunal Calificador de Elecciones.
    El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la H. Junta de Gobierno envió el proyecto de ley enunciado en el rubro a fin de que el Tribunal ejerciera el control de su constitucionalidad, y que por sentencia de 10 de Enero de 1990, declaró que el artículo 1° del proyecto remitido es constitucional, y que no le corresponde pronunciarse sobre el artículo 2° del proyecto por versar sobre una materia que no es propia de ley orgánica constitucional sino de ley común.- Rafael Larraín Cruz, Secretario.