Artículo 4°.- Créase una Comisión Especial ad honorem encargada de la ejecución de los objetivos de esta ley, respecto a los monumentos en memoria de don Eleuterio Ramírez Molina y de don Rafael Sotomayor Baeza, que estará formada por el Alcalde de Huara, quien la presidirá; un representante del Comandante en Jefe del Ejército; un representante del Comandante en Jefe de la Armada; un arquitecto designado por el Ministerio de Obras Públicas y el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.