Artículo 105.- PoLey 21174
Art. 1
D.O. 26.09.2019
r razones de seguridad de la Nación, la fiscalización y control que corresponda a la Contraloría General de la República sobre la inversión y gastos a que se refiere este párrafo, se harán en forma reservada. El Contralor General de la República establecerá el procedimiento para llevar a cabo dichas tareas. A dicho procedimiento estarán afectos todos los servicios, instituciones y unidades de las Fuerzas Armadas, así como cualquier otro órgano o servicio público de la Administración del Estado que intervenga en dicha inversión y gastos.