Artículo 25.- El Ley 20529
Art. 111 Nº 9
D.O. 27.08.2011
Departamento denominado Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, será el sucesor y continuador legal en todos los derechos y obligaciones del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas creado por el artículo 50 de la ley N° 16.617.