Artículo segundo.- Para acogerse a las normas deLEY 19248
Art. 1°, b) esta ley, los beneficiarios deberán manifestar su intención de regresar al país dentro del plazo comprendido hasta el 31 de diciembre de 1993.
Art. 1°, b) esta ley, los beneficiarios deberán manifestar su intención de regresar al país dentro del plazo comprendido hasta el 31 de diciembre de 1993.