Artículo 20.- Para los efectos de esta ley, seLEY 20297
Art. 1º Nº 14
D.O. 13.12.2008 considerará tropa a todo personal militar, armado o no, e independientemente de su número, organización o de la modalidad en que lo haga, que entre o salga del territorio nacional para el desempeño de actos de servicio.
Art. 1º Nº 14
D.O. 13.12.2008 considerará tropa a todo personal militar, armado o no, e independientemente de su número, organización o de la modalidad en que lo haga, que entre o salga del territorio nacional para el desempeño de actos de servicio.
El concepto de tropa del inciso anterior se aplicará también al personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública que salga del territorio nacional en los términos descritos en esta ley.