LEY NUM. 19.081

MODIFICA ARTICULO 46 DE LA LEY N° 18.899

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:


    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 46 de la Ley N° 18.899.
    a) Reemplázase, en su inciso segundo, el guarismo $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos)" por $ 800.000.000 (ochocientos millones de pesos)", y b) Sustitúyese, en su inciso final, la expresión "31 de diciembre de 1991" por "31 de diciembre de 1994".".
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, agosto 30 de 1991.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Pablo Piñera Echenique, Subsecretario de Hacienda.