"Artículo 1°.- Traspásanse a la Junta Nacional de Jardines Infantiles 5 cargos pertenecientes a la Subplanta del personal en comisión de servicio en la Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Planta Nacional de Cargos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, contemplada en el artículo único del DFL N° 2, de 1990, de dicho Ministerio, que corresponden a los que están ocupados por personal que efectivamente se encuentra prestando servicios en dicha Junta.
    Traspásanse al Parque Metropolitano de Santiago 7 cargos pertenecientes a la Planta Nacional de Cargos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que corresponden a los que están ocupados por personal que efectivamente se encuentra prestando servicios en dicho Parque.
    Los traspasos de cargos dispuestos en los incisos anteriores regirán a contar del 1° de enero de 1992 y se efectuarán con el personal y recursos presupuestarios respectivos.