Artículo 2°.- Sustitúyese, a contar del 1° de enero de 1992, la Planta Nacional de Cargos del personal del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sus Secretarías Ministeriales y los Servicios Regionales y Metropolitano de Vivienda y Urbanización, fijada por el DFL N° 2, de 1990, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, por la
siguiente:
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PLANTA/CARGO GRADO N° CARGOS
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Ministro B 1
Subsecretario C 1
- Directivos
Jefes de División 3° 7
Secretarios Regionales
Ministeriales Metropolitano,
V y VIII Región 3° 3
Directores Servicios de Vivienda y urbanización Metropolitano,
V y VIII Región 3° 3
Jefe Gabinete Ministro 3° 1
Secretarios Regionales
Ministeriales 4° 10
Directores Servicios de
Vivienda y Urbanización
Regionales 4° 10
Jefe Gabinete Subsecretaría 4° 1
Subdirectores Servicio de
Vivienda y Urbanización
Metropolitano 4° 5
Jefes Departamento 4° 6
Jefes Departamento 5° 144
Jefes DepartamenLey 21806
Artículo 102 Nos 1 y 2
D.O. 05.02.2026to 6° 6
Artículo 102 Nos 1 y 2
D.O. 05.02.2026to 6° 6
Jefes Departamento 7° 9
Jefes Subdepartamento 6° 17
Jefes Subdepartamento 7° 5
Jefes Sección 8° 43
Jefes Sección 9° 32
Jefes Sección 10° 20
Jefes Sección 11° 29
Jefes Sección 12° 12
TOTAL 351
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PLANTA/CARGO GRADO N° CARGOS
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- Profesionales
Profesionales 4° 19
Profesionales 5° 106
Profesionales 6° 129
Profesionales 7° 141
Profesionales 8° 69
Profesionales 9° 61
Profesionales 10° 63
Profesionales 11° 57
Profesionales 12° 89
Profesionales 13° 13
Profesionales 14° 13
Profesionales 15° 30
Profesionales 16° 20
Profesionales 17° 9
Profesionales 18° 6
TOTAL 825
Los cargos de esta planta que a continuación se indican y que sean provistos de acuerdo con la letra a) del artículo 5°, se transformarán en los que se señalan, a medida que ellos queden vacantes por cualquier causa, hasta completar el número de cargos afectos a conversión:
- 24 cargos grado 5° se transformarán en 10 cargos grado 8°, en 4 cargos grado 9°, en 6 cargos grado 11° y en 4 cargos grado 13°, sucesivamente.
- 31 cargos grado 6° se transformarán en 20 cargos grado 13° y en 11 cargos grado 14°, sucesivamente.
- 16 cargos grado 7° se transformarán en 7 cargos grado 14°, en 5 cargos grado 17° y en 4 cargos grado
18°, sucesivamente.
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PLANTA/CARGO GRADO N° CARGOS
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- Técnicos
Técnicos 10° 31
Técnicos 11° 22
Técnicos 12° 18
Técnicos 13° 16
Técnicos 14° 18
Técnicos 15° 19
Técnicos 16° 22
Técnicos 17° 22
Técnicos 18° 16
Técnicos 19° 10
Técnicos 20° 8
Técnicos 21° 7
Técnicos 22° 6
TOTAL 215
Los cargos de esta planta que a continuación se indican y que sean provistos de acuerdo con la letra a) del artículo 5°, se transformarán en los que se señalan, a medida que ellos queden vacantes por cualquier causa, hasta completar el número de cargos afectos a conversión:
- 20 cargos grado 10° se transformarán en 7 cargos grados 13°, en 10 cargos grado 14° y en 3 cargos grado 15°, sucesivamente.
- 7 cargos grado 11° se transformarán en 7 cargos
grado 15°.
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PLANTA/CARGO GRADO N° CARGOS
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- Administrativos
Administrativos 12° 47
Administrativos 13° 68
Administrativos 14° 82
Administrativos 15° 140
Administrativos 16° 98
Administrativos 17° 103
Administrativos 18° 122
Administrativos 19° 117
Administrativos 20° 138
Administrativos 21° 115
Administrativos 22° 60
Administrativos 23° 26
Administrativos 24° 14
Administrativos 25° 8
TOTAL 1.138
Los cargos de esta planta que a continuación se indican y que sean provistos de acuerdo con la letra a) del artículo 5°, se transformarán en los que se señalan, a medida que ellos queden vacantes por cualquier causa, hasta completar el número de cargos afectos a conversión:
- 27 cargos grado 12° se transformarán en 17 cargos grado 16° y en 10 cargos grado 17°, sucesivamente.
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PLANTA/CARGO GRADO N° CARGOS
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- Auxiliares
Auxiliares 18° 16
Auxiliares 19° 25
Auxiliares 20° 38
Auxiliares 21° 52
Auxiliares 22° 56
Auxiliares 23° 69
Auxiliares 24° 75
Auxiliares 25° 75
Auxiliares 26° 37
Auxiliares 27° 20
Auxiliares 28° 16
TOTAL 479
TOTAL GENERAL 3.008.
NOTA:
El artículo único del DFL 1, Vivienda, publicado el 18.03.2004, crea los siguientes cargos en la planta nacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo:
Planta Cargo Grado Nº de Cargos
EUR
Directivos Jefe Departamento 5 1
Profesionales Profesional 5 8.
El artículo único del DFL 1, Vivienda, publicado el 18.03.2004, crea los siguientes cargos en la planta nacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo:
Planta Cargo Grado Nº de Cargos
EUR
Directivos Jefe Departamento 5 1
Profesionales Profesional 5 8.
NOTA 1:
El artículo primero, del DFL 16, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Subsecretario Regional Ministerial y un cargo de Director Servicio de Vivienda y Urbanización, ambos grado 4, en la Planta de Directivos.
El artículo primero, del DFL 16, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Subsecretario Regional Ministerial y un cargo de Director Servicio de Vivienda y Urbanización, ambos grado 4, en la Planta de Directivos.
NOTA 2:
El artículo primero, del DFL 18, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Subsecretario Regional Ministerial y un cargo de Director Servicio de Vivienda y Urbanización, ambos grado 4, en la Planta de Directivos.
El artículo primero, del DFL 18, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Subsecretario Regional Ministerial y un cargo de Director Servicio de Vivienda y Urbanización, ambos grado 4, en la Planta de Directivos.
NOTA 3
Los numerales 1 y 2 del artículo primero del Decreto con Fuerza de Ley 7, Hacienda, publicado el 09.07.2018, crea un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 4°, en su planta de Directivos, asimismo, crea un cargo de Director de Servicio de Vivienda y Urbanización Regional, grado 4°, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, primer nivel jerárquico en su planta de Directivos.
Los numerales 1 y 2 del artículo primero del Decreto con Fuerza de Ley 7, Hacienda, publicado el 09.07.2018, crea un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 4°, en su planta de Directivos, asimismo, crea un cargo de Director de Servicio de Vivienda y Urbanización Regional, grado 4°, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, primer nivel jerárquico en su planta de Directivos.