Artículo 15.- A la División de Administración y Finanzas le correspoderá el manejo presupuestario y contable, la ejecución de las funciones relativas a personal y bienestar, abastecimiento, inventario y mantención de los bienes, documentación, movilización, medios de comunicación y, en general, la administración interna que requiera el funcionamiento de la Dirección.