Artículo 3°.- Créase una Comisión Especial de cinco miembros ad honorem, constituida de la siguiente forma:
    a) Un representante del Ministro de Educación, quien la presidirá y convocará a sus sesiones de trabajo;
    b) Un Senador de la República;
    c) Un Diputado de la República;
    d) El Presidente de la Corporación Claudio Arrau o un representante de éste, y
    e) El Presidente de la Corporación Lucrecia León de Arrau.
    El Senador y el Diputado serán nombrados por sus respectivas Cámaras.