Artículo 3°.- Créase una Comisión Especial de cinco miembros ad honorem, constituida de la siguiente forma:
a) Un representante del Ministro de Educación, quien la presidirá y convocará a sus sesiones de trabajo;
b) Un Senador de la República;
c) Un Diputado de la República;
d) El Presidente de la Corporación Claudio Arrau o un representante de éste, y
e) El Presidente de la Corporación Lucrecia León de Arrau.
El Senador y el Diputado serán nombrados por sus respectivas Cámaras.