Artículo 52.- Fíjase la siguiente planta de personal de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena:
Planta/Cargo Grado N° de cargos
E.U.S.
Director Nacional 2 1
PLANTA DE DIRECTIVOS
Subdirectores Nacionales 3 2
Fiscal 3 1
Directores Regionales
(Cañete, Osorno) 5 2
Jefe de Departamento
(Fondo de Desarrollo) 6 1
Jefe de Departamento
(Fondo de Tierras) 6 1
Jefe de Departamento
(Administrativo) 6 1
Jefes de Oficina
(Arica, San Pedro de Atacama,
Isla de Pascua, Santiago,
Punta Arenas) 7 5
Jefe de Sección 9 1
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15
PLANTA DE PROFESIONALES
Profesionales 5 2
Profesionales 7 5
Profesionales 8 11
Profesionales 9 3
Profesionales 10 4
Profesionales 12 2
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27
PLANTA DE TECNICOS
Técnicos 10 5
Técnicos 12 3
Técnicos 14 4
Técnicos 18 3
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15
PLANTA DE ADMINISTRATIVOS
Administrativos 14 4
Administrativos 16 4
Administrativos 17 2
Administrativos 18 3
Administrativos 20 2
Administrativos 23 2
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17
PLANTA DE AUXILIARES
Auxiliares 19 2
Auxiliar 20 1
Auxiliares 22 3
Auxiliares 23 6
Auxiliares 25 2
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14
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TOTAL GENERAL 88
REQUISITOS
Cargos de exclusiva confianza: Licencia de Educación Media o estudios equivalentes.
El cargo de Fiscal requerirá título de Abogado y experiencia en asuntos indígenas.
Cargos de Carrera
Planta de Directivos: Jefe de Sección profesional de una carrera de a lo menos ocho semestres de duración y experiencia en asuntos indígenas.
Planta de Profesionales: Los cargos de la Planta de Profesionales requerirán de título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y experiencia en asuntos indígenas.
Planta de Técnicos: Título de Técnico otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, o título de técnico otorgado por un establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional del Estado o reconocido por éste y experiencia en asuntos indígenas.
Planta de Administrativos: Licencia de Educación Media o equivalente.
Planta de Auxiliares: Licencia de Educación Básica o equivalente.
Sin perjuicio de lo anterior, para acceder a dos cargos de grado 20 y a dos cargos de grado 22, se requerirá licencia de conducir.
NOTA:
La letra c) del Art. único del DFL 2, Hacienda, publicado el 09.05.2008, modificó la Planta de Directivos que establece el presente artículo, en el sentido de crear dos cargos de Directores Regionales (Arica y Valdivia) grado 5º, y de suprimir un cargo de Jefe de Oficina (Arica), grado 7º.
La letra c) del Art. único del DFL 2, Hacienda, publicado el 09.05.2008, modificó la Planta de Directivos que establece el presente artículo, en el sentido de crear dos cargos de Directores Regionales (Arica y Valdivia) grado 5º, y de suprimir un cargo de Jefe de Oficina (Arica), grado 7º.