Artículo 3°.- Modifícase, a contar del 1° de enero de 1993, el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, que adecuó las plantas de personal de la Dirección General del Crédito Prendario, en la forma que a continuación se indica:
1. Créanse los siguientes cargos en las plantas y grados que se señalan:
Plantas/Cargos Grados Número
E.U.S. Cargos
PLANTA DE DIRECTIVOS
Jefe de Subdepto. Recursos Humanos 8 1
Jefe de Subdepto. Presupuestos 8 1
Jefe de Subdepto. Unidades de Crédito 8 1
Jefe de Subdepartamento Informática 8 1
Administradores 10 4
PLANTA DE TECNICOS
Técnicos 9 2
Técnicos 10 6
Técnicos 13 4
PLANTA DE ADMINISTRATIVOS
Administrativos 12 10
Administrativos 13 8
Administrativos 14 6
Administrativos 15 3
Administrativos 21 5
PLANTA DE AUXILIARES
Auxiliares 19 3
Auxiliares 20 3
2. Suprímense los siguientes cargos en las plantas y grados que se señalan:
Plantas/Cargos Grados Número
E.U.S. Cargos
PLANTA DE DIRECTIVOS
Jefe Subdepto. Personal 10 1
Jefe Subdpto. Contabilidad 10 1
Jefe Subdepto. Crédito 10 1
Administradores 13 3
PLANTA DE ADMINISTRATIVOS
Administrativos 16 1
Administrativos 22 15
3. Reemplazánse, los requisitos establecidos para el ingreso y promoción en la Planta de Técnicos, por los siguientes:
"3) Planta de Técnicos:
a) Un cargo grado 9 y tres cargos grado 10 requerirán título profesional o técnico en las áreas de auditoría o contabilidad, con desempeño en el área de 5 años a lo menos.
b) Un cargo grado 9 y tres cargos grado 10 requerirán título de Perito Tasador otorgado por la Escuela de Tasadores de la Dirección General de Crédito Prendario, en conformidad a lo establecido en el artículo 23 del decreto con fuerza de ley N° 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, con desempeño en el área de 5 años a lo menos.
c) Dos cargos grado 13 requerirán título técnico o profesional en el área de informática o computación, con desempeño en el área de 2 años a lo menos.
d) Un cargo grado 12, dos cargos grado 14, cuatro cargos grado 15, seis cargos grado 16, siete cargos grado 17 y dieciséis cargos grado 18 requerirán título de Perito Tasador otorgado por la Escuela de Tasadores de la Dirección General de Crédito Prendario, en conformidad a lo establecido en el artículo 23 del decreto con fuerza de ley N° 16, del 1986, de Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
e) Un cargo grado 12, dos cargos grado 13, cuatro cargos grado, 14, cuatro cargos grado 15, cuatro cargos grado 16, tres cargos grado 17 y 3 cargos grado 18 requerirán alternativamente:
-Título de Técnico o Contador, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado, o reconocido por éste.
-Título de Técnico o Contador otorgado por un establecimiento de Educación Media Técnico Profesional del Estado o reconocido por éste.
-Haber aprobado, a lo menos, 4 semestres de una carrera profesional impartida por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste.".
4. Agrégase, en los requisitos establecidos para el ingreso y promoción en la Planta de Administrativos, la siguiente letra b):
"b): Seis cargos grado 12, cuatro cargos grado 13, cuatro cargos grado 14, tres cargos grado 15 y un cargo grado 16, requerirán licencia de educación media o equivalente y, a lo menos, 5 años de experiencia en el Servicio en funciones de depositarios de garantías prendarias las que serán certificadas por el Director General del Crédito Prendario.".