OTORGA NUEVO PLAZO AL CONSEJO SUPERIOR DE LA CORPORACION NACIONAL DE REPARACION Y RECONCILIACION PARA EFECTOS QUE INDICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
"Artículo 1°.- Otórgase un nuevo plazo, hasta el 28
de febrero de 1994, para que el Consejo Superior de la
Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación
resuelva sobre los casos a que se refiere el N° 4 del
artículo 2° de la Ley N° 19.123.
Artículo 2°.- El mayor gasto que origine la aplicación de esta ley durante el año 1993, se financiará con cargo al subtítulo 21 del Presupuesto vigente de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, sin perjuicio de que la parte del mayor gasto que no pueda solucionarse con dicho presupuesto, será de cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la Partida Tesoro Público del Presupuesto de la Nación.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlgese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 26 de noviembre de 1993.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.