"Artículo único.- Derógase el inciso cuarto del artículo 10 de la ley N° 18.401.".


NOTA
    El Tribunal Constitucional, en causas roles 207 y 209, declaró la inconstitucionalidad, respectivamente, del proyecto de ley y del decreto promulgatorio de la presente ley. La Sentencia que resolvió esta última fue publicada el 19.04.1995.