AUTORIZA ERECCION DE MONUMENTO EN MEMORIA DE JUANA ROSS DE EDWARDS
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    P r o y e c t o d e l e y :

    "Artículo 1°.- Autorízase erigir un monumento, en la ciudad de Valparaíso, por suscripción popular, en homenaje a doña Juana Ross de Edwards.

    Artículo 2°.- Esta obra se financiará mediante erogaciones populares, por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea por el artículo 4°.
    Artículo 3°.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.

    Artículo 4°.- Créase una comisión especial de siete miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:
    a) Los dos Senadores de la 6a. Circunscripción;
    b) Los dos Diputados del Distrito 13;
    c) El Intendente de la Quinta Región;
    d) El Ordinario Eclesiástico de Valparaíso, y e) El Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso.
    El quórum para sesionar será el de la mayoría de sus miembros.

    Artículo 5°.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:
    a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen;
    b) Administrar el fondo creado en el artículo 3°;
    c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus bases y resolverlo;
    d) Establecer la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y
    e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el fondo a que se refiere el artículo 3°.
    Artículo 6°.- Si al concluir la construcción del monumento resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados a la reconstrucción del Hogar del Refugio de Cristo.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, 5 de enero de 1996.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud., Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.