APRUEBA BASES DE LICITACION
    Núm. 85.- Santiago, 18 de Octubre de 1991.- Visto: Las facultades que confiere al suscrito el artículo 4° de la Ley N° 18.696, lo dispuesto en la Resolución N° 1.050 de 1980, de la Contraloría General de la República,
    Resuelvo:

    Apruébanse las Bases Administrativas y Técnicas para la Licitación Pública de Concesiones para la Operación de Plantas de Revisión Técnica de vehículos en la I Región, cuyo tenor es el siguiente:
    "LICITACION PUBLICA DE CONCESIONES PARA LA OPERACION DE PLANTAS DE REVISION TECNICA DE VEHICULOS MOTORIZADOS, REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES I REGION
    BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
    1.- Convocatoria
    Llámase a presentación de propuestas, cuya recepción y apertura se efectuará el día 20 de diciembre de 1991 a las 17:00 horas en la Oficina del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la I Región, ubicada en calle Riquelme N° 466, Depto. N, de la ciudad de Iquique, en presencia de los proponentes para optar a:
    - Concesiones para la operación de once (11) Plantas Revisoras (en adelante "la (s) Planta (s)"), que revisarán todo tipo de vehículos motorizados, sus remolques y semirremolques.
    Las propuestas se recibirán únicamente en el lugar, hora, y fecha antes indicados. Después de la hora señalada no se aceptará el ingreso de nuevos proponentes a la Oficina antes indicada.
    2.- Función de las Plantas
    Las plantas prestarán los servicios de revisión técnica y verificación de emisión de contaminantes que se especifican en el Decreto Supremo N° 156/90 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, (en adelante "el Ministerio") en la forma que lo establece el Manual de Revisiones Técnicas elaborado por el Ministerio, documentos que forman parte integrante de estas Bases, a todo tipo de vehículos motorizados, sus remolques y semirremolques.
    Los locales que se ofrezcan deberán encontrarse ubicados en la I Región, en el número y en las comunas que se indican y contar con los puestos de revisión que se señalan:

Comunas      Número de        Puestos de Revisión
              Plantas          por Planta
_______________________________________________________
Arica        2 Clase A        (1 tipo A)*
              3 Clase B        (2 tipo B)*
_______________________________________________________
Iquique      2 Clase A        (1 tipo A)*
              3 Clase B        (2 tipo B)*
_______________________________________________________
Pozo
Almonte      1 Clase B        (1 tipo B)*
_______________________________________________________
    Las características de cada tipo de puesto de revisión se definen en la letra a) del artículo 5° del D.S. N° 156/90, citado.
    Para los efectos de las presentes Bases, se entenderá como Planta Clase A aquella destinada a efectuar las revisiones técnicas de los vehículos que se señalan en el inciso 1° del artículo 7° del D.S. N° 156/90, como Planta Clase B aquella destinada a efectuar las revisiones técnicas de los vehículos que se señalan en inciso 2° del referido artículo 7° y como Planta Clase AB aquella destinada a efectuar la revisión técnica a todo tipo de vehículos.
    Conforme lo estipulado en el artículo 4° del D.S. N° 156/90, citado, sólo la planta ubicada en la comuna de Pozo Almonte, podrá desarrollar otras actividades, las que deberán estar relacionadas exclusivamente con el rubro de reparaciones automotrices, exceptuándose en todo caso, las estaciones de servicio y/o de venta de combustibles.
    3.- Características de la Concesión
    3.1 Plazo
    El plazo de duración de la concesión será de cinco años, contado desde la fecha de la total tramitación de la resolución que otorga la concesión respectiva.
    3.2 Transferencia de concesiones
    Las concesiones tienen el carácter de intransferibles.
    4.- Requisitos para Participar en la Licitación
    Podrán presentar propuestas todas las personas naturales o jurídicas que acrediten haber adquirido las presentes Bases, con las siguientes excepciones, aplicables sólo a aquellas que postulen a Plantas de la clase AB:
    - Personas naturales que sean empresarios de locomoción colectiva, de minibuses, taxis o vehículos de carga de más de 1.750 kg de capacidad de carga útil, que sean socios, directores, mandatarios, administradores o dependientes de personas jurídicas que desarrollen esta(s) actividad(es).
    - Personas jurídicas cuyo giro sea el transporte colectivo de personas en buses, taxibuses, minibuses, taxis o el transporte de carga o no siéndolo, aquéllas en que tengan participación personas naturales o jurídicas que desarrollen esas actividades.
    5.- Propuesta
    Las personas interesadas en participar en la licitación deben comprometerse al momento de presentar su propuesta y bajo las garantías que se señalan más adelante, a cumplir con el requisito de operar a partir del 1 de abril de 1992, a lo menos con las instalaciones físicas, equipamiento y personal, señalado en el artículo 5° del D.S. N° 156/90 citado, que se incluye como anexo A de las presentes Bases y las exigencias especiales que se indican en el anexo B.
    6.- Presentación de las Propuestas
    Las propuestas serán presentadas en dos sobres cerrados: uno que contendrá la propuesta técnica e individualización del proponente, que se caratulará "PROPUESTA TECNICA" y otro que contendrá las proposiciones de precios de los servicios, que se caratulará "PROPUESTA DE PRECIOS".
    La propuestas técnicas se deberán entregar en dos (2) ejemplares (original y copia).
    Los documentos incluidos en los sobres deberán venir escritos a máquina, sin enmendaduras, foliados y ordenados de acuerdo con estas Bases.
    6.1 La propuesta técnica deberá incluir lo siguiente:
    a) Individualización de la Planta a que postula:
    a.1) Clase de Planta a que postula:
    a.2) Comuna a la cual postula
    b) Individualización del proponente:
    b.1) Nombre. Las sociedades acreditarán su constitución conforme a la Ley acompañando copia autorizada de la Escritura Pública de constitución, extracto publicado en el Diario Oficial, copia de la inscripción en el Registro de Comercio y mandato del representante si no estuviere acreditado en la escritura social y sus modificaciones. El objetivo social deberá permitir la actividad a que se postula.
    b.2) R.U.T.
    b.3) Domicilio completo y número telefónico.
    b.4) Nombre y firma del proponente o representante legal.
    c) Especificaciones y características de las instalaciones físicas y Rol de la propiedad.
    El proponente deberá adjuntar una especificación detallada y planos de la Planta ofrecida, tanto en lo que respecta al terreno como a las instalaciones.
    La especificación detallada consiste en una breve descripción del terreno y de las instalaciones (construcciones) que complementan la información contenida en los planos y tiene por objeto informar respecto de la calidad de las construcciones y condiciones del terreno. Los planos de la Planta ofrecida deberán indicar claramente la zona de puestos de revisión, zona de estacionamiento y zona de circulación interna.
    El plano general será a escala 1:200 o 1:500 y en él se indicará también un croquis de ubicación; el plano de las instalaciones (construcciones y puesto de revisión) será a escala 1:100.
    d) Además el proponente deberá incluir las especificaciones y características de los elementos técnicos con que contará la Planta y el número de ellos.
    6.2 La propuesta de precios deberá incluir lo siguiente:
    a) Individualización del proponente, y
    b) Comuna en que se ubicará la Planta y Clase
    c) Precio a cobrar a los usuarios por los servicios de la revisión técnica, con las siguientes variantes y desagregaciones:
    c.1) Plantas Clase A: Precio del servicio completo de revisión técnica incluida la verificación de emisión de contaminantes considerando para esto un vehículo tipo (Camión, Autobus, Taxibus).
    Para los demás tipos de vehículos el precio de dicho servicio se determinará multiplicando el precio anterior por los siguientes factores:
    - Minibuses, taxis, vehículos escuela, vehículos escolares, factor 0.6.
    - Remolques y semirremolques de más de 1.750 kg de capacidad de carga útil, factor 0.5.
    Asimismo, el precio a cobrar por la verificación de emisión de contaminantes se determinará multiplicando por el factor 0.2 el precio del vehículo tipo.
    c.2) Plantas Clase B: Precio del servicio completo de revisión técnica incluida la verificación de emisión contaminantes, considerando para esto un vehículo tipo (automóvil, station wagon, camioneta).
    Para los demás tipos de vehículos, el precio de dicho servicio se determinará multiplicando el precio anterior por los siguientes factores:
    - Motos, motocicletas, motonetas etc. y remolques de menos de 1.750 kg. de capacidad de carga útil, factor 0.55.
    Asimismo, el precio a cobrar por la verificación de emisión de contaminantes se determinará multiplicando por el factor 0.45 el precio del vehículo tipo.
    c.3) Reajustabilidad: El precio deberá estar expresado en pesos e incluir el IVA.
    El precio se reajustará anualmente, a contar del año 1993, en el mismo porcentaje de variación que experimente el Indice de Precios al Consumidor, en el año calendario anterior.
    Del precio reajustado se eliminarán las fracciones de la unidad monetaria. Con tal objeto, se despreciarán las fracciones inferiores a cincuenta centavos de peso y se elevarán al entero superior las de cincuenta centavos o más.
    7.- Consultas y Aclaraciones Sobre las Bases
    7.1 El Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la I Región recibirá consultas por escrito relativas a estas Bases, hasta el día 5 de diciembre de 1991.
    7.2 Las respuestas a todas las consultas serán igualmente por escrito y estarán a disposición de todos los proponentes, a más tardar el día 12 de diciembre de 1991, en la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la I Región.
    8.- Apertura de las Propuestas
    8.1 Una vez recibidas las propuestas, en la fecha, hora y lugar indicados en el punto 1 de estas Bases, la Comisión que el Ministerio designe procederá a la apertura de las propuestas técnicas, en presencia de un notario público y de los proponentes que deseen asistir.
    8.2 Al término de la ceremonia de apertura se levantará un Acta en la cual se dejará constancia de las propuestas presentadas, de los antecedentes recibidos y de las observaciones que existieren.
    8.3 Los sobres de las propuestas de precios serán firmados por los integrantes de la Comisión antes indicada y por quienes deseen hacerlo y permanecerán cerrados bajo la custodia del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la I Región.
    9.- Procedimiento de Selección
    9.1 El procedimiento de selección será el siguiente:
    a) Se evaluarán las propuestas técnicas para verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el punto 5 de las presentes Bases.
    Los locales ofrecidos serán evaluados respecto de su accesibilidad, ubicación dentro de la comuna, áreas de estacionamiento, instalaciones físicas y lay-out de operación.
    b) El día 15 de enero de 1992, a las 16:00 horas en presencia de un notario público y de los proponentes que deseen asistir, se procederá a la apertura de los sobres con las propuestas de precios, de aquellos proponentes elegibles a que se hace referencia en la letra a) anterior, efectuándose un ordenamiento en base a los valores respectivos, en orden descendente.
    Las propuestas de precios no seleccionadas y las respectivas boletas de garantías, se devolverán a los proponentes no seleccionados, a contar del tercer día hábil siguiente a este acto.
    c) En este mismo acto, el Ministerio elegirá a aquellos que ofrezcan el menor precio a los usuarios.
    d) En aquella comuna en que se licite más de una Planta si existiere diferencia de precio entre los proponentes que ofrezcan los menores precios se adoptará el siguiente procedimiento:
    d.1) Se adjudicará una Planta al proponente que presente el precio más bajo.
    d.2) Se ofrecerá la opción de adjudicarse la segunda Planta al mismo precio del primer adjudicado, al proponente que presente el precio más bajo de entre los restantes preseleccionados.
    Este proponente deberá comunicar su decisión al Ministerio por escrito, antes de 24 horas.
    d.3) Si el proponente que presenta el segundo precio más bajo no acepta la opción ofrecida, se efectuará nuevamente el procedimiento indicado en el punto d.2), con respecto al proponente que presente el tercer precio más bajo y en el caso que éste tampoco acepte, se continuará con los siguientes proponentes en la misma forma.
    d.4) Si por aplicación del procedimiento indicado en d.2) o d.3), hubiere dos proponentes con igual mérito para obtener la opción allí indicada, el orden se determinará por sorteo que efectuará el Jefe de la Comisión a que se alude en el punto 8.1 de las presentes Bases, en presencia de los interesados.
    d.5) Si ninguno de los proponentes acepta la opción indicada en los puntos d.2) y d.3), el proponente al que se ha adjudicado un establecimiento de revisión técnica, atenderá toda la demanda por revisiones hasta que el Ministerio licite la Planta que falte.
    e) En el caso de que se produjera un empate en el precio más bajo, ofrecido por más proponentes que concesiones a adjudicarse, se dará a éstos un plazo de 48 horas, para que presenten una nueva oferta, la que en ningún caso podrá ser superior al precio presentado originalmente. En caso de ocurrir nuevamente el empate, el Ministerio podrá repetir el proceso las veces que estime conveniente o bien declarar fundadamente que no adjudicará la concesión.
    9.2 El Ministerio se reserva el derecho de rechazar fundadamente todas las propuestas.
    9.3 Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a reclamo ni indemnización por ningún concepto.
    9.4 No se devolverán los antecedentes contenidos en las propuestas técnicas.
    10.- Validez de las Propuestas
    Las propuestas deberán tener una validez de noventa (90) días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas.
    11.- Adjudicación de la Propuesta
    A los proponentes que sean seleccionados de acuerdo al procedimiento anterior se les adjudicará la concesión para la operación de las Plantas mediante la suscripción del contrato correspondiente aprobado por Resolución del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la I Región.
    12.- Garantías
    12.1 Los proponentes deberán entregar junto con sus propuestas una boleta bancaria de garantía de seriedad de su oferta por un monto de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000) con fecha de vigencia al día 23 de marzo de 1992 extendida a la orden del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    Estos documentos se devolverán a los proponentes no seleccionados a contar del día siguiente a la fecha de adjudicación de la propuesta.
    12.2 A lo menos diez días antes de la fecha de vencimiento de la Garantía estipulada en el punto N° 12.1 anterior los adjudicatarios deberán entregar cada uno, veinte (20) boletas de garantías de fiel cumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes Bases y demás documentos que forman parte de las mismas, extendidas a la orden del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    Cada boleta deberá tener un valor de diez Unidades de Fomento (10 UF.), las que deberán mantenerse vigentes y permanecerán en poder del Ministerio durante el tiempo que dure la concesión.
    El incumplimiento de las obligaciones se acreditará previo el proceso administrativo a que se refieren los artículos 20° y 21° del D.S. N° 156/90, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Corresponderá hacer efectiva la totalidad de las boletas de garantía si la sanción impuesta es la caducidad de la concesión; dos (2) boletas de garantía por cada suspensión de la concesión y una (1) boleta de garantía por cada censura por escrito.
    13.- Término Anticipado de la Concesión
    13.1 La concesión podrá expirar antes del plazo señalado en el punto N° 3.1 por renuncia voluntaria presentada por escrito por el adjudicatario, con una antelación mínima de 30 días.
    13.2 El Ministerio podrá poner término anticipadamente a las concesiones por las causales y en la forma que se indica en el D.S. N° 156/90, citado.
    14.- Inspección y Sanciones
    14.1 El Ministerio efectuará en forma previa al inicio de la operación de las Plantas una inspección a fin de verificar el estricto cumplimiento de las obligaciones contraídas por el concesionario en el contrato respectivo. Si se constatare incumplimiento el Ministerio podrá hacer efectiva la Garantía a que se hace referencia en el punto N° 12.2 de las Bases.
    14.2 Las Plantas serán fiscalizadas por el Ministerio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19° del D.S. N° 156/90 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    Si se constatare deficiencias en la habilitación, en la operación de la Planta o en el otorgamiento de certificados o distintivos, el Ministerio procederá a hacer efectiva la responsabilidad del concesionario conforme al procedimiento establecido en los artículos 20° y 21° del D.S. N° 156/90, citado.
    15.- Documentos Anexos
    Se adjuntan a las presentes Bases los siguientes documentos:
    Anexo A: Decreto Supremo N° 156/90 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    Anexo B: Requisitos especiales relativos a instalaciones físicas y equipamiento.
    Anexo C: Nómina con cantidad de permisos de Circulación otorgados en la I Región, durante el año 1989.
    Anexo D: Manual de Instrucciones de Revisiones Técnicas.
    Anexo E: Certificado de Revisión Técnica (modelo)".

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Víctor Germán Correa Díaz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Patricia Muñoz Villela, Jefe Administrativo.