APRUEBA MODIFICACION DEL PLAN REGULADOR DE ISLA DE MAIPO
    Núm. 9.- Santiago, 30 de Mayo de 1995.- Vistos:
    a) El Ord. N° 1035/21.04.95, del Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, que remite los antecedentes e informa favorablemente la modificación del Plan Regulador de Isla de Maipo que amplía el límite urbano de la comuna;
    b) Los antecedentes técnicos constituidos por:
    - Ordenanza de la Modificación Plan Regulador y Ampliación Límite Urbano Isla de Maipo Sector Nor-Oriente,
    - Memoria Explicativa.
    - Informe de Factibilidad de EMOS, Ords. N°s. 05357/20.12.94 y 01820/08.02.95, e
    - Informe favorable del SEREMI de Agricultura, Ord.
N° 110/24.03.95 y Ord. N° 4661/22.12.94;
    c) Las publicaciones en el diario La Nación de fechas 18 y 20 de Febrero de 1995;
    d) El Certificado del Secretario Municipal de Isla de Maipo, de Mayo de 1995;
    e) El Decreto Alcaldicio N° 182/24.03.95;
    f) El Acuerdo N° 94 del Consejo Regional Metropolitano, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 15/24.05.95, y
    g) Teniendo presente lo prescrito en los artículos 20 letra f), 24 letra o) y 36 letra c) de la ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional,
    R e s u e l v o:

    1° Apruébase la modificación del Plan Regulador de Isla de Maipo, aprobado por Resolución N° 24 de 22 de Abril de 1993, de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, en el sentido de ampliar el límite urbano de la comuna de Isla de Maipo y establecer usos de suelo, condiciones de subdivisión predial, edificación y vialidad para la nueva área que se encuentra definida por la línea poligonal F-F0-F1-F2-F del Plano MPRIM 1/95 denominado
"Modificación Plano Regulador Ampliación de Límite Urbano Isla de Maipo", escala 1:5.000, confeccionado por la Dirección de Obras Municipales de Isla de Maipo, y su Ordenanza Especial que por la presente Resolución se aprueba.

    2° El texto de la Ordenanza Especial, que en este acto se aprueba, es el siguiente:



 
    Artículo Primero: La presente Ordenanza especial tiene por objeto establecer las normas sobre uso de suelo, subdivisión predial y edificación, que deberán observarse dentro del área definida por la línea poligonal F, F0, F1, F2, F del Plano confeccionado por Dirección de Obras Municipales de Isla de Maipo, escala 1:5.000, MPRIM. 1/95 denominado "Ampliación Límite Urbano" de Isla de Maipo.

    Artículo Segundo: La ampliación del límite urbano enunciado en el Art. 1° de la presente Ordenanza está constituida por los trazos definidos entre los puntos F, F0, F1, F2, F, que a continuación se describen:

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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.202 DE 26 DE JUNIO  |
|      DE 1995, PAGINAS 7 Y 8.                      |
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    Artículo Tercero: Las condiciones de zonificación, uso de suelo, condiciones de subdivisión predial y de edificación del área que se incorpora al área urbana, son los mismos establecidos para la Z2 del Plan Regulador Comunal vigente.
    3° La I. Municipalidad de Isla de Maipo publicará en forma íntegra la presente Resolución en el Diario Oficial, y un extracto de la misma en algún diario de los de mayor circulación.


    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Alex Figueroa Muñoz, Intendente y Presidente Consejo Regional Metropolitano.- José Arévalo Medina, Secretario Ejecutivo Consejo Regional.