DETERMINA CANTIDAD DE CONSEJEROS A ELEGIR PARA LA RENOVACION DEL CONSEJO REGIONAL
Núm. O-10.- Antofagasta, 21 de junio de 1996.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 29 letras a) y b) y 83 de la Ley N° 19.175; y los resultados oficiales del último censo nacional de población, del año 1992, que establece la cantidad de habitantes en cada Provincia de esta Región, de acuerdo al Boletín Estadístico Regional II Región de Antofagasta N° 13 y 14 de 1995, del Instituto Nacional de Estadística.
Resuelvo:
Determínase que a los Colegios Electorales de cada una de las Provincias de la II Región, les corresponderá elegir dos Consejeros Regionales de conformidad con la letra a); y, además, según la letra b) del artículo 29 de la Ley N° 19.175, la cantidad que por cada uno de ellos se señala:
Provincia Habitantes N° de Consejeros
Antofagasta 245.103 6
El Loa 123.863 3
Tocopilla 38.443 1
Anótese, comuníquese y publíquese.- Víctor Hugo Toloza Zapata, Director Regional II Región.