AUTORIZA EXISTENCIA Y APRUEBA ESTATUTOS DE LA COOPERATIVA CAMPESINA QUETRAVIN INCHIN MAPO LIMITADA, DE SANTA BARBARA
    Santiago, 2 de Septiembre de 1993.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 26.- Visto: Lo manifestado por el Instituto de Desarrollo Agropecuario en su oficio N° 983, de 31 de Agosto de 1993; los informes adjuntos; lo dispuesto en el artículo 6° del DFL. N° 13, de 1968, del Ministerio de Agricultura y el Decreto N° 526, de 1968, de esta Secretaría de Estado,
    Resuelvo:

    1.- Autorízase la existencia legal de la Cooperativa Campesina Quetravín Inchín Mapu Limitada, de la Comuna de Santa Bárbara, de la VIII Región.
    2.- Apruébanse los estatutos de la referida cooperativa, acordados por la unanimidad de los asistentes en la asamblea constitutiva celebrada el día 19 de abril de 1992, cuyo texto se encuentra registrado en esta Subsecretaría.
    3.- Concédese un plazo de tres meses, contados desde la publicación de esta resolución en el Diario Oficial, para que la aludida cooperativa inicie sus operaciones sociales.
    4.- La presente resolución deberá publicarse gratuitamente en el Diario Oficial, de acuerdo con lo dispuesto de artículo 8° del DFL. N° 13, de 1968, del Ministerio de Agricultura.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República.- Maximiliano Cox Balmaceda, Subsecretario de Agricultura.
    Lo que transcribo Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Maximiliano Cox Balmaceda, Subsecretario de Agricultura.