Artículo 74º.- El desempeño funcionario del personal de Planta será anualmente calificado por los Comandantes o Jefes de Reparticiones de quienes dependa directamente, basándose para ello en los conceptos contenidos en las correspondientes Hojas de Vida.
    Sólo las Calificaciones del personal del Cuadro Permanente y de Gente de Mar llevarán proposición de Lista de Clasificación.