Artículo 22° Corresponde en especial a los Directores de Departamentos, Decanos y Vicerractores de Sede:
    a) Representar a la comunidad respectiva, citar y presidir los cuerpos colegiados correspondientes y presidir el Claustro;
    b) Proponer las políticas, los programas de actividades y sus presupuestos y el plan de trabajo de su respectivo nivel;
    c) Tutelar el cumplimiento del programa de actividades de la comunidad que presida y la correcta ejecución del presupuesto aprobado en conformidad con la política establecida;
    d) Proveer a la ejecución de la política sobre las funciones académicas que haya aprobado el Consejo Normativo respectivo y los demás acuerdos de éste y proponer las modificaciones que estime necesarias;
    e) Ejecutar los actos administrativos que le correspondan de acuerdo con los Reglamentos;
    f) Dirimir con voto calificado los empates que se produzcan en las votaciones del Consejo;
    g) Informar periódicamente de su gestión al Consejo Normativo que preside; y
    h) En general, ejercer las atribuciones que le señalen los reglamentos.