Artículo 15°.- El nombramiento de los Oficiales y del personal de Apoyo Científico-Técnico se hará porLEY 19586
Art. 4 Nº 7)
D.O. 25.09.1998 decreto supremo, de acuerdo con las leyes vigentes, a propuesta de la Dirección General de Investigaciones.
Art. 4 Nº 7)
D.O. 25.09.1998 decreto supremo, de acuerdo con las leyes vigentes, a propuesta de la Dirección General de Investigaciones.
El personal de Nombramiento institucional será designado mediante resolución del Director General y de acuerdo con las necesidades de la Institución.
Los Aspirantes de la escuela de Investigaciones serán designados asimismo, mediante resolución de la Dirección General, a propuesta de la Escuela de Investigaciones.
A su vez, los Agentes PoLey 21731
Art. 3° N° 3)
D.O. 11.03.2025liciales Estudiantes serán designados mediante resolución de la Dirección General, a propuesta del Centro de Capacitación Profesional de la Policía de Investigaciones de Chile.
Art. 3° N° 3)
D.O. 11.03.2025liciales Estudiantes serán designados mediante resolución de la Dirección General, a propuesta del Centro de Capacitación Profesional de la Policía de Investigaciones de Chile.