Artículo 36°.- Para ascender al grado de Prefecto Inspector, los Oficiales Policiales de Línea y delLEY 20113
Art. 2º Nº 9
D.O. 25.07.2006 Escalafón de Oficiales Policiales Profesionales y Oficiales de los Servicios de los Escalafones de Justicia, Sanidad y Finanzas, deberán aprobar el Curso de Alto Mando, en la Academia Superior de Estudios Policiales de la Policía de Investigaciones de Chile.
Art. 2º Nº 9
D.O. 25.07.2006 Escalafón de Oficiales Policiales Profesionales y Oficiales de los Servicios de los Escalafones de Justicia, Sanidad y Finanzas, deberán aprobar el Curso de Alto Mando, en la Academia Superior de Estudios Policiales de la Policía de Investigaciones de Chile.
El Oficial que repruebe el curso a que se refiere el inciso precedente, no podrá repetirlo durante su carrera funcionaria.