Artículo 39º.- El Director General, medianteLEY 20113
Art. 2º Nº 10
a y b)
D.O. 25.07.2006 resolución fundada, podrá eximir a los Oficiales de los Servicios del requisito de aprobación del curso de perfeccionamiento para ascender a Subprefecto.
Art. 2º Nº 10
a y b)
D.O. 25.07.2006 resolución fundada, podrá eximir a los Oficiales de los Servicios del requisito de aprobación del curso de perfeccionamiento para ascender a Subprefecto.
En ningún caso el Director General podrá eximir a los Oficiales respectivos, de los demás requisitos de ascenso.