Artículo 90°- Serán comprendidos en el retiro temporal los Oficiales y personal de ApoyoLEY 19586
Art. 4 Nº 36)
D.O. 25.09.1998 Científico - Técnico que se encuentre en algunos de los siguientes casos:
Art. 4 Nº 36)
D.O. 25.09.1998 Científico - Técnico que se encuentre en algunos de los siguientes casos:
a) Que contrajeren enfermedad curable que le imposibilite temporalmente para el servicio, y b) A quienes el Presidente de la República conceda o disponga su retiro.