Artículo Décimo Segundo: La delimitación específica de las comunas de la Provincia de Talagante será la siguiente:
1) COMUNA DE TALAGANTE.
Al Norte: La línea de cumbres que limita por el norte el predio Requinhua (rol 311-23), desde la línea de cumbres de los cerros de San Miguel hasta el río Mapocho; el río Mapocho, desde el lindero norte del predio Requinhua hasta el lindero sur del predio viña El Rosario (rol 308-29); el lindero sur del predio antes citado, desde el río Mapocho hasta el lindero poniente del predio fundo El Rosario (rol 308-19); el lindero poniente y sur del predio fundo El Rosario, desde el lindero sur del predio viña El Rosario hasta el camino de Talagante a Peñaflor; el camino de Talagante a Peñaflor, desde el lindero sur del predio fundo El Rosario hasta la línea de linderos que limita por el sur las parcelas de la Colonia Alemana; la línea de linderos que limita por el sur las parcelas de la Colonia Alemana y de la chacra Santa Teresa (rol 309-6), desde el camino de Talagante a Peñaflor hasta el lindero sur del predio San Jorge; el lindero sur de los predios San Jorge (rol 339-43) y Santa Eladia (rol 339-14), desde el lindero sur de la chacra Santa Teresa hasta el canal Oliveto; el canal Oliveto, desde el lindero sur del predio Santa Eladia hasta el lindero norte de la parcela Santa Alicia; el lindero norte de las parcelas Santa Alicia (rol 504-1), Santa Rosa (rol 504-11), Los Olmos (rol 504-9), San Rafael de Oliveto (rol 504-8), Santa Luisa de Oliveto (rol 504-7), San Joaquín (rol 504-6) y Santa Alicia (rol 504-5), desde el canal Oliveto hasta el camino a Lonquén; y el camino a Lonquén, desde el lindero sur de la parcela Santa Alicia (rol 504-5) hasta la puntilla Calera.
Al Este: La línea de cumbres de los cerros de Tango, desde la puntilla Calera, junto al camino a Lonquén, hasta el trigonométrico cerro Lonquén, pasando por el trigonométrico cerro Calera y el cerro El Arbol.
Al Sur: La línea de cumbres, desde el trigonométrico cerro Lonquén hasta la puntilla de Santo Domingo de Lonquén; el lindero oriente y sur del predio Santa Elena (rol 506-2), desde la puntilla Santo Domingo de Lonquén hasta la línea del ferrocarril de Paine a Talagante; la línea del ferrocarril de Paine a Talagante, desde el lindero sur del predio Santa Elena hasta el camino de Lonquén a Talagante; el camino de Lonquén a Talagante, desde la línea del ferrocarril de Paine a Talagante hasta el estero Trebulco oRECTIFICACION
D.O. 06.06.1981 Carampangue; el estero Trebulco o Carampangue, desde el camino de Lonquén a Talagante hasta su confluencia con el estero El Gato; el estero El Gato, desde su confluencia con el estero Trebulco o Carampangue hasta su desembocadura en el río Maipo, y el río Maipo, desde la desembocadura del estero El Gato hasta la desembocadura del río Mapocho.
D.O. 06.06.1981 Carampangue; el estero Trebulco o Carampangue, desde el camino de Lonquén a Talagante hasta su confluencia con el estero El Gato; el estero El Gato, desde su confluencia con el estero Trebulco o Carampangue hasta su desembocadura en el río Maipo, y el río Maipo, desde la desembocadura del estero El Gato hasta la desembocadura del río Mapocho.
Al Oeste: El río Mapocho, desde su desembocadura en el río Mapocho hasta la puntilla de San Miguel y la línea de cumbres del cordón de San Miguel, desde el río Mapocho hasta el lindero norte del predio Requinhua.
2) COMUNA DE PEÑAFLOR.
Al Norte: La línea de cumbres que limita por el sur la Rinconada de Maipú, desde la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del estero Puangue hasta la puntilla del Viento, junto al río Mapocho, pasando por el morro El Fraile y por los cerros Bandera, Placeta Ancha y Los Ratones; el río Mapocho, desde la puntilla del Viento hasta el lindero sur de las parcelas del antiguo fundo El Bosque; el lindero sur de las parcelas del antiguo fundo El Bosque, desde el río Mapocho hasta el camino de Melipilla a Santiago; el camino de Melipilla a Santiago, desde el lindero sur de las parcelas del antiguo fundo El Bosque hasta el linderoRECTIFICACION
D.O. 06.06.1981 sur de la parcela Alcázar de Chena; y el lindero sur de las parcelas Alcázar de Chena (rol 2608-16), rol 2608-26, 6 el Alcázar (rol 2608-30) y 60 B (rol 2613-9), desde el camino de Melipilla a Santiago hasta el lindero poniente de la chacra Isabel.
D.O. 06.06.1981 sur de la parcela Alcázar de Chena; y el lindero sur de las parcelas Alcázar de Chena (rol 2608-16), rol 2608-26, 6 el Alcázar (rol 2608-30) y 60 B (rol 2613-9), desde el camino de Melipilla a Santiago hasta el lindero poniente de la chacra Isabel.
Al Este: El lindero poniente de la chacra Isabel (rol 20-11) y de las parcelas roles 20-12 y 20-13, desde el lindero sur de la parcela 60-B hasta el lindero norte de la parcela El Duraznal; el lindero norte de las parcelas El Duraznal (rol 20-18), La Higuera (rol 20-28) y El Aromo (rol 20-17), desde el lindero poniente de la parcela rol 20-13 hasta el lindero poniente de la citada parcela El Aromo; el lindero poniente de las parcelas El Aromo (rol 20-17), La Higuera (rol 20-28), rol 20-41 y El Copihue (roles 20-52, 20-53 y 20-56), desde el lindero norte de la parcela El Aromo (rol 20-17) hasta el lindero oriente de la parcela El Progreso; el lindero RECTIFICACION
D.O. 06.06.1981 oriente de las parcelas El Progreso (rol 332-83), Doce (rol 332-64), Triunfo de Chile (rol 332-54) y El Copihue (rol 332-53), desde el lindero poniente de la parcela El Copihue (rol 20-56) hasta el lindero sur de la citada parcela El Copihue (rol 332-53), el lindero sur de la parcela El Copihue, desde su lindero oriente hasta el lindero poniente de la parcela El Curato (rol 20-146); el lindero poniente de las parcelas El Curato roles 20-146, 20-150, 20-151, 20-152, 20-154 y 20-155, desde el lindero sur de la parcela El Copihue (rol 332-53) hasta el lindero sur de la parcela El Curato (rol 20-155); el lindero sur de la parcela El Curato, desde su lindero poniente hasta el lindero poniente del fundo El Curato; el lindero poniente del fundo El Curato (rol 20-21) y de la parcela San Nicolás (rol 20-29), desde el lindero sur de la parcela El Curato hasta el canal Oliveto; y el canal Oliveto, desde el lindero poniente de la parcela San Nicolás hasta el lindero sur del predio Santa Eladia.
D.O. 06.06.1981 oriente de las parcelas El Progreso (rol 332-83), Doce (rol 332-64), Triunfo de Chile (rol 332-54) y El Copihue (rol 332-53), desde el lindero poniente de la parcela El Copihue (rol 20-56) hasta el lindero sur de la citada parcela El Copihue (rol 332-53), el lindero sur de la parcela El Copihue, desde su lindero oriente hasta el lindero poniente de la parcela El Curato (rol 20-146); el lindero poniente de las parcelas El Curato roles 20-146, 20-150, 20-151, 20-152, 20-154 y 20-155, desde el lindero sur de la parcela El Copihue (rol 332-53) hasta el lindero sur de la parcela El Curato (rol 20-155); el lindero sur de la parcela El Curato, desde su lindero poniente hasta el lindero poniente del fundo El Curato; el lindero poniente del fundo El Curato (rol 20-21) y de la parcela San Nicolás (rol 20-29), desde el lindero sur de la parcela El Curato hasta el canal Oliveto; y el canal Oliveto, desde el lindero poniente de la parcela San Nicolás hasta el lindero sur del predio Santa Eladia.
Al Sur: El lindero sur de los predios Santa Eladia (rol 339-14), y San Jorge (rol 339-43), desde el canal Oliveto hasta el lindero sur de la chacra Santa Teresa (rol 339-6); la línea de linderos que limita por el sur la chacra Santa Teresa y las parcelas de la Colonia Alemana, desde el lindero sur del predio San Jorge hasta el camino de Peñaflor a Talagante; el camino de Peñaflor a Talagante, desde el lindero sur de las parcelas de la Colonia Alemana hasta el lindero sur del predio fundo El Rosario (rol 308-19); el lindero sur y poniente del predio fundo El Rosario, desde el camino de Peñaflor a Talagante hasta el lindero sur del predio viña El Rosario (rol 308-29); el lindero sur del predio antes citado, desde el lindero poniente del predio fundo El Rosario hasta el río Mapocho; el río Mapocho, desde el lindero sur del predio viña El Rosario hasta la línea de cumbres que limita por el norte el predio Requinhua (rol 311-23); y la línea de cumbres mencionada, desde el río Mapocho hasta la línea de cumbres del cordón de San Miguel.
Al Oeste: La línea de cumbres del cordón de San Miguel, desde el lindero norte del predio Requinhua hasta la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del estero de La Higuera, pasando por el cerro Campana; la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del estero de La Higuera, desde la línea de cumbres del cordón San Miguel hasta el trigonométrico Cuesta Alta, pasando por la cuesta de Mallarauco; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del estero Puangue, desde el trigonométrico Cuesta Alta hasta la línea de cumbres que limita por el sur la Rinconada de Maipú.
3) COMUNA DE ISLA DE MAIPO.
Al Norte: el río Maipo, desde el lindero oriente del predio fundo Junco hasta la desembocadura del estero El Gato; el estero El Gato, desde su desembocadura en el río Maipo hasta su confluencia con el estero Trebulco o Carampangue; el estero Trebulco o Carampangue, desde su confluencia con el estero El Gato hasta el camino de Talagante a Lonquén; el camino de Talagante a Lonquén, desde el estero Trebulco o Carampangue hasta la línea del ferrocarril de Talagante a Paine; la línea del ferrocarril de Talagante a Paine, desde el camino de Talagante a Lonquén hasta el lindero sur del predio Santa Elena (rol 506-2); el lindero sur y oriente del predio Santa Elena, desde la línea del ferrocarril de Talagante a Paine hasta la puntilla de Santo Domingo de Lonquén; y la línea de cumbres, desde la puntilla Santo Domingo de Lonquén hasta el trigonométrico cerro Lonquén.
Al Este: La línea de cumbres, desde el trigonométrico cerro Lonquén hasta la puntilla de Lonquén, junto al río Maipo.
Al Sur: El río Maipo, desde la puntilla de Lonquén hasta la puntilla El Almendro; la loma El Almendro y la línea de cumbres de los cerros de Aculeo, desde la puntilla El Almendro, junto al río Maipo, hasta el morro El Maitén, pasando por el morro Las Cabras; la línea de cumbres, desde el morro El Maitén hasta el trigonométrico cerro Yerbas Buenas; y la línea de cumbres, desde el trigonométrico cerro Yerbas Buenas hasta el cerro El Peinado pasando por los trigonométricos El Traro y Poca Pena.
Al Oeste: El lindero oriente del predio fundo Junco (rol 270-5), desde el cerro El Peinado hasta el río Maipo.
4) COMUNA DE EL MONTE.
Al Norte: la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del estero de La Higuera, desde el lindero oriente de la parcela Las Rosas de Chiñihue (rol 2087-27) hasta la línea de cumbres del cordón de San Miguel pasando por los trigonométricos Punta Alta y Las Ortigas.
Al Este: La línea de cumbres del cordón San Miguel, desde la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del estero de La Higuera hasta la puntilla de San Miguel, junto al río Mapocho, pasando por el cerro Campana.
Al Sur: El río Mapocho, desde la puntilla de San Miguel hasta la desembocadura en el río Maipo; y el río Maipo, desde la desembocadura del río Mapocho hasta el lindero oriente del predio Santa Victoria (rol 2088-9).
Al Oeste: El lindero oriente del predio Santa Victoria, desde el río Maipo hasta el canal de Los Ahorcados, el canal de Los Ahorcados, desde el lindero oriente del predio Santa Victoria hasta la línea del ferrocarril de Cartagena a Santiago; la línea del ferrocarril de Cartagena a Santiago, desde el canal de Los Ahorcados hasta el lindero oriente de la parcela rol RECTIFICACION
D.O. 06.06.1981 2087-13; y el lindero oriente de las parcelas roles 2087-13, 2087-46, 2087-14, 2087-117, 2087-26 y 2087-27, del antiguo fundo Las Rosas de Chiñihue, desde la línea del ferrocarril de Cartagena a Santiago hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del estero de La Higuera.
D.O. 06.06.1981 2087-13; y el lindero oriente de las parcelas roles 2087-13, 2087-46, 2087-14, 2087-117, 2087-26 y 2087-27, del antiguo fundo Las Rosas de Chiñihue, desde la línea del ferrocarril de Cartagena a Santiago hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del estero de La Higuera.