Artículo 96º bis.- Los precios de energía yLEY 20018
Art. 1º Nº 4
D.O. 19.05.2005
potencia obtenidos en las licitaciones reguladas en el artículo 79º-1 y siguientes, llamados "precios de nudo de largo plazo", y sus fórmulas de indexación, se incluirán en el decreto contemplado en el artículo 103º que se dicte con posterioridad al término de la licitación respectiva.