Tercera: Los Reglamentos que se dicten y los acuerdos que adopten los Cuerpos Colegiados, en conformidad a las normas establecidas en este Estatuto, regirán desde la fecha que los mismos reglamentos o acuerdos señalen.
En ningún caso, tales Reglamentos o acuerdos podrán alterar el desarrollo de las labores universitarias del año académico 1985.