ARTICULO 10.- Las actividades deLey 18.709.
Art, 1°, N° 5
capacitación ocupacional serán de responsabilidad de las empresas, o, en subsidio, del Servicio Nacional, a través de programas de becas, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 2°, letra b).Rect. D. Of.
2 Dic. 1989