ARTICULO 48.- La ley General deLey 18.391,
Art. Unico,
N° 19 Presupuesto de la Nación consultará anualmente el aporte fiscal al Servicio Nacional, el que comprenderá el financiamiento de los programas ordinarios y extraordinarios de capacitación a que se refiere el artículo 26 de este decreto ley.
Art. Unico,
N° 19 Presupuesto de la Nación consultará anualmente el aporte fiscal al Servicio Nacional, el que comprenderá el financiamiento de los programas ordinarios y extraordinarios de capacitación a que se refiere el artículo 26 de este decreto ley.