Artículo 9°.- Corresponderá al Departamento de Asesoría Jurídica, la asesoría legal permanente del Instituto. En cumplimiento de esta función, deberá velar por la legalidad de los actos del Instituto e informar sobre los asuntos de carácter jurídico que se sometan a su consideración.
    Del mismo modo, el Departamento de Asesoría Jurídica deberá preparar las iniciativas legales relacionadas con la situación de la Juventud.