Artículo 257.- Las organizacionesL. 19.069
Art. 46 sindicales podrán adquirir, conservar y enajenar bienes de toda clase y a cualquier título.
Art. 46 sindicales podrán adquirir, conservar y enajenar bienes de toda clase y a cualquier título.
La enajenación de bienes raícesLEY 19759
Art. único Nº 59
D.O. 05.10.2001 deberá tratarse en asamblea citada al efecto por la directiva.
Art. único Nº 59
D.O. 05.10.2001 deberá tratarse en asamblea citada al efecto por la directiva.
NOTA:
El artículo 1º transitorio de la LEY 19759, publicada el 05.10.2001, dispone que la modificación introducida al presente artículo regirá a partir del día 1º del mes subsiguiente al de su publicación.
El artículo 1º transitorio de la LEY 19759, publicada el 05.10.2001, dispone que la modificación introducida al presente artículo regirá a partir del día 1º del mes subsiguiente al de su publicación.