Artículo 15°.- Conforme lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.269, los requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos del Servicio de Tesorerías, serán los siguientes:
Planta de Directivos:
1.- Los cargos de Jefe de Departamento requieren, alternativamente:
a) Título Profesional otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o por un Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, o
b) Desempeño de, a lo menos, doce años en cargos de las plantas de Directivos o de Profesionales o de Técnicos o de Administrativos del Servicio de Tesorerías o en cargos que hubiesen pertenecido a escalafones que pasaron a integrarlas, debiendo sumarse los tiempos servidos en una y otra planta o escalafones.
Sin perjuicio de las exigencias precedentes, dos cargos de Jefe de Departamento, Grado 3° EUS., requieren título de abogado.
2.- Los cargos de Director Regional Tesorero requieren, alternativamente:
a) Título Profesional otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o por un Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, o
b) Desempeño de, a lo menos, 8 años en cargos de las plantas de Directivos o de Profesionales o de Técnicos o de Administrativos del Servicio de Tesorerías, o en cargos que hubiesen pertenecido a escalafones que pasaron a integrarlas, debiendo sumarse los tiempos servidos en una y otra planta o escalafones.
3.- Los cargos de Jefe de Sección grado 6°, 7° y 8° EUS. requieren cumplir, alternativamente:
a) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, seis semestres de duración, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o por un Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste y un mínimo de dos años de experiencia laboral en el Servicio de Tesorerías, o
b) Desempeño de, a lo menos, 6 años en cargos de las plantas de Directivos o de Profesionales del Servicio de Tesorerías, o en cargos que hubiesen pertenecido a escalafones que pasaron a integrarlas, debiendo sumarse los tiempos servidos en una y otra planta o escalafones.
4.- Los cargos de Tesorero Provincial grado 8° EUS. requieren, alternativamente:
a) Título Profesional otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o por un Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, o
b) Desempeño de, a lo menos, 8 años en cargos de las plantas de Directivos o de Profesionales del Servicio de Tesorerías, o en cargos que hubiesen pertenecido a escalafones que pasaron a integrarlas, debiendo sumarse los tiempos servidos en una y otra planta o escalafones, o
c) Desempeño de, a lo menos, 10 años en cargos de las plantas de Técnicos o de Administrativos del Servicio de Tesorerías, o en cargos que hubiesen pertenecido a escalafones que pasaron a integrarlas, debiendo sumarse los tiempos servidos en una y otra planta o escalafones.
5.- Los cargos de Jefe de Sección grado 9° al 11° EUS. y los cargos de Jefe de Oficina grados 12° y 13 EUS. requieren cumplir, alternativamente:
a) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, seis semestres de duración, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste, o por un Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, o
b) Desempeño de, a lo menos, 1 año en el Servicio de Tesorerías en cargos de la Planta de Directivos, o
c) Desempeño de, a lo menos, cuatro años en el Servicio de Tesorerías en cargos de las plantas de Profesionales o de Técnicos, o
d) Desempeño de, a lo menos, 8 años en el Servicio de Tesorerías en cargos de la planta de Administrativos.
Planta de Profesionales
1.- Dos cargos grado 5° EUS., tres cargos grado 6° EUS., dos cargos grado 7° EUS., cuatro cargos grado 8° EUS. y seis cargos grado 9° E.U.S., requieren títuloLEY 19738
Art. 21 Nº 2 a)
D.O. 19.06.2001 profesional de Ingeniero Civil o de Ingeniero Comercial o de Abogado o de Administrador Público o de Contador Auditor o de Contador Público o Título Profesional de una carrera de seis semestres a lo menos en el Area de Computación o Informática, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o por un Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste y, a lo menos, cuatro años de experiencia profesional.LEY 19738
Art. 21 Nº 2 b)
D.O. 19.06.2001
Art. 21 Nº 2 a)
D.O. 19.06.2001 profesional de Ingeniero Civil o de Ingeniero Comercial o de Abogado o de Administrador Público o de Contador Auditor o de Contador Público o Título Profesional de una carrera de seis semestres a lo menos en el Area de Computación o Informática, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o por un Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste y, a lo menos, cuatro años de experiencia profesional.LEY 19738
Art. 21 Nº 2 b)
D.O. 19.06.2001
2.- Dos cargos grado 6° EUS., seis cargos grado 7° EUS., tres cargos grado 8° EUS., cinco cargos grado 9° EUS. y cinco cargos grado 10° EUS., requieren título profesional de una carrera de, a lo menos, seis semestres, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o por un Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste y, a lo menos, dos años de experiencia profesional.
3.- Tres cargos grado 8° EUS. y tres cargos grado 9° EUS. y seis cargos grado 10° EUS. requieren título profesional otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o por un Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste y, a lo menos, un año de experiencia profesional.
4.- Los cargos ubicados en los grados 11° al 17° EUS., requieren título profesional otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o por un Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste.
Planta de Técnicos
Los cargos de la Planta de Técnicos requieren, alternativamente:
1.- Título de Técnico o equivalente en una especialidad del área económica o financiera o computacional o informática, o Contador, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocida por éste, o
2.- Título de Técnico o equivalente en una especialidad del área económica o financiera o computacional o informática, o Contador, otorgado por un Establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional del Estado o reconocido por éste y un mínimo de dos años de desempeño en cargos de administrativos en el Servicio de Tesorerías, o
3.- Desempeño de, a lo menos, un año en el Servicio de Tesorerías en cargos de la Planta de Técnicos, o
4.- Desempeño de, a lo menos, un año en operación computacional o en explotación de sistemas de información y cursos de capacitación en el área de informática que determine el Tesorero General.
Planta de Administrativos
Los cargos de la planta de Administrativos requieren, alternativamente:
a) Licencia de Educación Media o equivalente, o
b) Personal en servicio en cargos de la planta de Administrativos a la fecha del encasillamiento dispuesto por la ley 19.269.
Planta de Auxiliares
Los cargos de la planta de Auxiliares requieren, alternativamente:
a) Licencia de Educación General Básica, o
b) Personal en servicio en cargos de la planta de Auxiliares a la fecha del encasillamiento dispuesto por la ley 19.269.
Sin perjuicio de lo anterior, para acceder a los cargos que a continuación se señalan, se requiere cumplir, además, con los siguientes requisitos:
a) Dos cargos de Auxiliares grado 19° EUS. requieren Licencia de conducir clase A-2, y un mínimo de dos años de experiencia laboral como chofer en el Servicio de Tesorerías.
b) Cinco cargos de Auxiliares grado 20° EUS. requieren Licencia de conducir clase A-2, y un mínimo de un año de experiencia laboral como chofer en el Servicio de Tesorerías.
c) Seis cargos de Auxiliares grado 21° EUS. requieren Licencia de conducir clase A-2, y un mínimo de seis meses de experiencia laboral como chofer.