Artículo 12° Corresponderá al Departamento Administrativo:
a) Atender los asuntos relacionados con los derechos y obligaciones del personal de acuerdo con lo que determine el Reglamento Orgánico General del Servicio y, preferentemente, el mantenimiento del Servicio de Bienestar del Personal;
b) Atender las informaciones al público sobre trámites administrativos;
c) Centralizar los aspectos administrativos comunes del Servicio;
d) Asesorar al Director en materias financieras y presupuestarias;
e) Controlar los inventarios de bienes y útiles de todas las oficinas del país;
f) Preparar los anteproyectos de presupuestos, y
g) Contabilizar el movimiento de fondos del Servicio.