Artículo 12° Corresponderá al Departamento Administrativo:
    a) Atender los asuntos relacionados con los derechos y obligaciones del personal de acuerdo con lo que determine el Reglamento Orgánico General del Servicio y, preferentemente, el mantenimiento del Servicio de Bienestar del Personal;
    b) Atender las informaciones al público sobre trámites administrativos;
    c) Centralizar los aspectos administrativos comunes del Servicio;
    d) Asesorar al Director en materias financieras y presupuestarias;
    e) Controlar los inventarios de bienes y útiles de todas las oficinas del país;
    f) Preparar los anteproyectos de presupuestos, y
    g) Contabilizar el movimiento de fondos del Servicio.