Artículo 20º.- Habrá tres Juntas Calificadoras para el Personal de Nombramiento Supremo: H. Junta Calificadora de Méritos, H. Junta Calificadora de Méritos y de Apelaciones y H. Junta Superior de Apelaciones.
La composición y atribuciones de estas Juntas las determinará el respectivo Reglamento.