FIJA LA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO DE SALUD DEL AMBIENTE DE LA REGION METROPOLITANA
D.F.L. N° 2.- Santiago, 19 de Julio de 1982.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la Ley N° 18.122, publicada en el Diario Oficial de 17 de Mayo de 1982, y las facultades que me conceden los artículos 60°, N° 14, 61° y 62° de la Constitución Política del Estado, dicto el siguiente,
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- Fíjase la siguiente Planta de Personal del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana.
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Denominación Nivel Grado N° Cargos
E.U.S.
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JEFES SUPERIORES
DE SERVICIOS
Director III 4° 1
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1
DIRECTIVOS
Jefe de Departamento I 5° 3
Jefe de Departamento III 7° 1
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4
JEFATURAS B
Jefe Sección I 12° 1
Jefe Sección II 13° 1
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2
PROFESIONALES Y TECNICOS
UNIVERSITARIOS
Profesional Universitario 6° 1
Profesional Universitario 7° 4
Profesional Universitario 8° 2
Profesional Universitario 9° 3
Profesional Universitario 10° 5
Profesional Universitario 11° 3
Profesional Universitario 12° 4
Profesional Universitario 13° 5
Profesional o Técnico
Universitario 14° 4
Profesional o Técnico
Universitario 15° 9
Profesional o Técnico
Universitario 16° 2
Profesional o Técnico
Universitario 17° 5
Profesional o Técnico
Universitario 18° 1
Profesional o Técnico
Universitario 19° 2
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50
OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Oficial Administrativo II 19° 2
Oficial Administrativo III 20° 2
Oficial Administrativo III 21° 2
Oficial Administrativo III 22° 2
Oficial Administrativo IV 25° 1
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9
CHOFERES
Chofer I 22° 1
Chofer II 24° 1
-----
2
AUXILIARES
Auxiliar II 26° 1
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1
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TOTAL 69
Artículo 2°.- La dotación máxima del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana no podrá exceder de 155 plazas, incluyendo funcionarios a contrata y personas contratadas sobre la base de honorarios.
Artículo 3°.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° transitorio de la Ley N° 18.122, el encasillamiento del personal en los cargos de la planta fijada en el artículo 1°, se efectuará discrecionalmente mediante decreto supremo del Ministerio de Salud, expedido bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República".
Artículo 4°.- Suprímense los cargos que a continuación se indican, en los escalafones que en cada caso se señalan, de la Planta de personal del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 26, del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial del 1° de Agosto de 1980.
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Denominación Nivel Grado N° Cargos
E.U.S.
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DIRECTIVOS
Jefe Depto. Programa
del Ambiente III 7° 1
-----
1
PROFESIONALES Y TECNICOS
UNIVERSITARIOS
Profesional Universitario 8° 1
Profesional Universitario 9° 1
Profesional Universitario 13° 1
Profesional y Técnico
Universitario 14° 1
-----
4
OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Oficial Administrativo I 20° 1
Oficial Administrativo II 24° 1
-----
2
CHOFERES
Chofer I 22° 1
-----
1
-----
TOTAL cargos suprimidos 8
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Disminúyase, en 24 plazas la dotación máxima de personal fijada para este Servicio de Salud en la resolución N° 1.100 de 30 de Diciembre de 1981, del Ministerio de Salud.
Artículo 5°.- Suprímense los cargos que a continuación se indican en los escalafones que en cada caso se señalan, de la Planta de Personal del Servicio de Salud Metropolitano Central, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 27 del Ministerio de Salud, publicada en el Diario Oficial del 1° de Agosto de 1980.
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Denominación Nivel Grado N° Cargos
E.U.S.
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DIRECTIVOS
Jefe Depto. Programa
del Ambiente III 7° 1
-----
1
CHOFERES
Chofer I 22° 1
Chofer II 25° 1
Chofer II 26° 1
-----
3
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TOTAL cargos suprimidos 4
Disminúyase, en 6 plazas la dotación máxima de personal fijada para este Servicio de Salud en la resolución N° 1.100 de 30 de Diciembre de 1981, del Ministerio de Salud.
Artículo 6°.- Suprímense los cargos que a continuación se indican, en los escalafones que en cada caso se señalan, de la Planta de Personal del Servicio de Salud Metropolitano Sur, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 28 del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial del 1° de Agosto de 1980.
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Denominación Nivel Grado N° Cargos
E.U.S.
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DIRECTIVOS
Jefe Depto. Programa
del Ambiente III 7° 1
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1
PROFESIONALES Y TECNICOS
UNIVERSITARIOS
Profesional Universitario 8° 1
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1
OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Oficial Administrativo I 19° 1
Oficial Administrativo II 25° 1
Oficial Administrativo III 26° 1
-----
3
AUXILIARES
Auxiliar I 26° 1
Auxiliar I 28° 3
Auxiliar I 29° 2
-----
6
AUXILIARES PARAMEDICOS
Auxiliar Paramédico II 24° 1
Auxiliar Paramédico III 25° 1
-----
2
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TOTAL cargos suprimidos 13
Disminúyase, en 22 plazas la dotación máxima de personal fijada para este Servicio de Salud en la resolución N° 1.100 de 30 de Diciembre de 1981, del Ministerio de Salud.
Artículo 7°.- Suprímense los cargos que a continuación se indican, en los escalafones que en cada caso se señalan, de la Planta de Personal del Servicio de Salud Metropolitano Norte, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 29 del Ministerio de Salud, publicada en el Diario Oficial del 1° de Agosto de 1980.
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Denominación Nivel Grado N° Cargos
E.U.S.
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DIRECTIVOS
Jefe Depto. Programa
del Ambiente III 7° 1
---
1
PROFESIONALES Y TECNICOS
UNIVERSITARIOS
Profesional Universitario 6° 2
Profesional Universitario 10° 1
Profesional Universitario 12° 2
Profesional y Técnico
Universitario 13° 1
Profesional y Técnico
Universitario 15° 1
Profesional y Técnico
Universitario 17° 1
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8
OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Oficial Administrativo 19° 1
Oficial Administrativo I 21° 1
Oficial Administrativo III 26° 2
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4
AUXILIARES
Auxiliar 27° 2
Auxiliar 28° 1
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3
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TOTAL cargos suprimidos 16
Disminúyase, en 27 plazas la dotación máxima de personal fijada para este Servicio de Salud en la resolución N° 1.100 de 30 de Diciembre de 1981, del Ministerio de Salud.
Artículo 8°.- Suprímense los cargos que a continuación se indican, en los escalafones que en cada caso se señalan, de la Planta de Personal del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 30 del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial del 1° de Agosto de 1980.
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Denominación Nivel Grado N° Cargos
E.U.S.
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DIRECTIVOS
Jefe Depto. Programa
del Ambiente III 7° 1
-----
1
OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Oficial Administrativo III 27° 1
-----
1
AUXILIARES PARAMEDICOS
Auxiliar Paramédico II 23° 1
-----
1
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TOTAL cargos suprimidos 3
Disminúyase, en 7 plazas la dotación máxima de personal fijada para este Servicio de Salud en la resolución N° 1.100 de 30 de Diciembre de 1981, del Ministerio de Salud.
Artículo 9°.- Suprímense los cargos que a continuación se indican, en los escalafones que en cada caso se señalan, de la Planta de Personal del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 32 del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial del 1° de Agosto de 1980.
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Denominación Nivel Grado N° Cargos
E.U.S.
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DIRECTIVOS
Jefe Depto. Programa
del Ambiente III 7° 1
-----
1
-----
TOTAL cargos suprimidos 1
Disminúyase, en 3 plazas la dotación máxima de personal fijada para este Servicio de Salud en la resolución N° 1.100 de 30 de Diciembre de 1981, del Ministerio de Salud.
Artículo 10°.- Suprímense los cargos que a continuación se indican, en los escalafones que en cada caso se señalan, de la Planta de Personal del Instituto de Salud Pública de Chile, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 4 del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial de 7 de Junio de 1980.
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Denominación Nivel Grado N° Cargos
E.U.S.
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PROFESIONALES Y TECNICOS
UNIVERSITARIOS
Profesional Universitario 10° 1
Profesional Universitario 11° 1
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2
OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Oficial Administrativo III 27° 1
-----
1
-----
TOTAL cargos suprimidos 3
Disminúyase, en 6 plazas la dotación máxima de personal fijada para este Instituto en el decreto supremo N° 26, de 12 de Enero de 1982, del Ministerio de Salud.
Artículo 11° Suprímense los cargos que a continuación se indican, en los escalafones que en cada caso se señalan, de la Planta de Personal del Servicio de Salud Metropolitano Nor Occidente, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 31 del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial del 1° de Agosto de 1980.
Artículo 1° DFL N° 31/80, Ministerio de Salud.
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Denominación Nivel Grado N° Cargos
E.U.S.
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DIRECTIVOS SUPERIORES
Director III 4° 1
-----
1
DIRECTIVOS
Asesor Jurídico II 6° 1
Jefe Depto. Recursos
Físicos III 7° 1
Jefe Depto. Finanzas III 7° 1
Jefe Depto. Recursos
Humanos III 7° 1
Jefe Depto. Programa
del Ambiente III 7° 1
Subdirector
Administrativo III 8° 1
-----
6
PROFESIONALES Y TECNICOS
UNIVERSITARIOS
Profesional Universitario 8° 1
Profesional Universitario 10° 2
Profesional Universitario 11° 2
Profesional Universitario 13° 1
-----
6
OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Oficial Administrativo I 20° 2
Oficial Administrativo I 21° 1
Oficial Administrativo II 25° 2
-----
5
AUXILIARES
Auxiliar I 26° 1
-----
1
CHOFERES
Chofer II 26° 1
-----
1
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TOTAL cargos suprimidos 20
Artículo 2° DFL N° 31/80, Ministerio de Salud
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Denominación Nivel Grado Ley N° N° Cargos
E.U.S. 15.076
Hrs.Sem.
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Dirección Servicio de
Salud
DIRECTIVOS
Jefe Depto. Programa
de las Personas III 7° 33 1
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1
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TOTAL cargos suprimidos 1
Disminúyase, en 60 plazas la dotación máxima de personal fijada para este Servicio de Salud en la resolución N° 1.100 de 30 de Diciembre de 1981, del Ministerio de Salud.
Artículo 12°.- En el decreto supremo de encasillamiento, que se dictará de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° transitorio de la Ley N° 18.122, se individualizará tanto al personal encasillado, como al que por no serlo, deberá cesar en sus funciones, a contar de la fecha de notificación del mismo, con motivo de la supresión de cargos que se ordena en los artículos 4° al 11°.
Artículo 13°.- El gasto que irrogue el presente decreto con fuerza de ley se imputará al subtítulo 21 "Gastos en Personal" del Presupuesto aprobado para el Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana.
Artículo 14°.- La Planta de Personal del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana comenzará regir el 1° de Octubre de 1982.
Desde esa misma fecha serán suprimidos los cargos a que se refieren los artículos 4° a 11 precedentes.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República e insértese en la Recopilación Oficial de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Hernán Rivera Calderón, Contralmirante, Ministro de Salud.- Sergio de la Cuadra Fabres, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Augusto Schuster Cortés, Subsecretario de Salud subrogante.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica Cursa con alcance DFL. N° 2, de 1982, del Ministerio de Salud
N° 31.512.- Santiago, 6 de Octubre de 1982.
Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto con fuerza de ley del rubro, que fija la planta del personal del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana-que fuera devuelto por oficio N° 28.605, de 1982-en el entendido que el nuevo artículo 12 contenido en el texto enviado a retrámite, al establecer que en el decreto supremo a que el mismo precepto se refiere se determinará el personal que cesará en funciones por su no encasillamiento, dice relación solamente con las supresiones de cargos correspondientes a grados en que no existen plazas vacantes y no se dispone la supresión de la totalidad de los cargos que los conforman, acorde con la observación formulada por este organismo en el mencionado oficio N° 28.605.
Teniendo en cuenta lo anterior cabe entender, asimismo, que las supresiones de empleos que no se encuentran en aquella situación quedarán afectas a la regla del inciso 2° del artículo 14, debiendo agregarse, en lo que atañe a este precepto, que como el documento en examen necesariamente se publicará en el Diario Oficial con posterioridad al 1° de Octubre de 1982, tales supresiones de cargos sólo podrán regir desde la fecha de esa publicación.
Por último, cumple con hacer presente que al cargo del grado 4° EUS., del escalafón de Jefes Superiores de Servicios, a que alude el artículo 1° del documento en estudio, le corresponde el nivel V y no el III, como se indica, y que respecto de los cargos de auxiliares grados 27° y 28° EUS., que suprime el artículo 7°, se ha omitido señalar el nivel que les corresponde, que es el I, de acuerdo con las normas del DFL. 90, de 1977, del Ministerio de Hacienda.
Con los alcances que anteceden esta entidad fiscalizadora ha tomado razón del documento del rubro.
Transcríbase a la División de Toma de Razón y Registro.- Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General.
Al señor Ministro de Salud Presente.