B.- De los Integrantes de los Consejos de Facultad
(Art. 30)
    Artículo 30°.- Cada Consejo de Facultad está constituido:
    a) Por el Decano, quien lo preside;
    b) Por los Directores de Departamentos que constituyan la Facultad;
    c) Por los Directores o representantes de los organismos que sean parte de la Facultad, y
    d) Por cuatro profesores de las dos más altas jerarquías designados de acuerdo al Reglamento General de Facultades y que durarán dos años en el ejercicio de sus cargos.
    Los Consejeros Académicos no pueden ser Directores de la Junta Directiva.