Artículo 3°.- Modifícase la dotación máxima de personal de los Servicios que se señalan, en los siguientes términos:
Ministerio del Trabajo y N° de Cargos
Previsión Social Auméntase Disminúyase
Subsecretaría del Trabajo 39
Dirección del Trabajo 34
Caja de Previsión Social de
los Obreros Municipales de
la República 2
Caja de Retiro y Previsión
Social de los Ferrocarriles
del Estado 3