ADECUA PLANTA Y ESCALAFONES DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, SUBSECRETARIA DEL TRABAJO, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
D.F.L. N° 2.- Santiago, 14 de Febrero de 1990.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 1°, 2° y 13° transitorios, y artículo 7° de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo, dicto el siguiente, Decreto con fuerza de ley
Artículo Unico.- Adécuanse las plantas y escalafones del personal de la Subsecretaría del Trabajo a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala:
I.- CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA
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SITUACION ACTUAL
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Escalafón/Cargos Nivel Grado N° de
Cargos
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DIRECTIVOS
SUPERIORES
Jefe Gab. I 4° 01
Subsecretario
Secretario I 4° 06
Regional Ministerial
Secretario I 5° 07
Regional Ministerial
II.- CARGOS DE CARRERA
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SITUACION ACTUAL
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Escalafón/Cargos Nivel Grado N° de
Cargos
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DIRECTIVO
Jefe Administrativo II 6° 01
Jefe Departamento III 7° 01
PROFESIONALES
Jefe Depto. Jurídico 4° 01
Abogado 5° 01
Abogado 6° 01
Abogado 7° 01
Encargados Organización
Laboral Internacional y
Oficina de Personal 10° 02
Profesional y
Técnico y
Relacionador Público 12° 02
OFICIALES
ADMINISTRATIVOS
Oficiales I 14° 09
Administrativos
Oficiales I 15° 06
Administrativos
Oficiales I 16° 06
Administrativos
Oficiales II 17° 04
Administrativos
Oficiales II 18° 03
Administrativos
Oficiales III 20° 03
Administrativos
Oficiales III 23° 01
Administrativos
Oficiales IV 25° 03
Administrativos
DE SERVICIOS
Mayordomos I 19° 02
Choferes I 20° 03
Chofer y
Auxiliar I 21° 06
Auxiliares I 22° 05
Auxiliares I 23° 08
Auxiliar I 24° 01
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ADECUACION SEGUN ARTICULO 7° LEY N° 18.834.-
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Planta/Cargos Grado N° de Cargos
Cargos
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DIRECTIVOS
Jefe División 4° 01
Secretario Regional 4° 06
Minist.
Secretario Regional 5° 07
Minist.
DIRECTIVO
Jefe Departamento 6° 01
Jefe Sección 7° 01
Profesional 4° 01
Profesional 5° 01
Profesional 6° 01
Profesional 7° 01
Profesionales 10° 02
Profesionales 12° 02
08
Administrativos 14° 09
Administrativos 15° 06
Administrativos 16° 06
Administrativos 17° 04
Administrativos 18° 03
Administrativos 20° 03
Administrativos 23° 01
Administrativos 25° 03
35
AUXILIARES
Auxiliares 19° 02
Auxiliares 20° 03
Auxiliares 21° 06
Auxiliares 22° 05
Auxiliares 23° 08
Auxiliar 24° 01
25
Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:
A) PLANTA DIRECTIVA
Para el cargo grado 6°: Título profesional de una
carrera de a lo menos 10
semestres de duración,
otorgado por una Universidad
del Estado o reconocido por
éste.
Para el cargo grado 7°: Título de Contador Auditor.
B) PLANTA PROFESIONALES
Profesionales grado Título de Abogado.
4° a 7°
Profesionales grado Título profesional de una
10° a 12° carrera con currículum de a lo
menos 8 semestres de duración
otorgado por una Universidad
o Instituto Profesional del
Estado o reconocido por éste.
C) PLANTA ADMINISTRATIVA
Licencia de Educación Media o equivalente
D) PLANTA AUXILIARES
Educación Básica y Licencia de Conducir cuando corresponda.
NOTA :
El artículo primero, Nº 1, del DFL 21, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 7, en la Planta de personal de Directivos de la Subsecretaría del Trabajo.
El artículo primero, Nº 1, del DFL 21, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 7, en la Planta de personal de Directivos de la Subsecretaría del Trabajo.
NOTA 1
El Artículo Único del Decreto con Fuerza de Ley 1, Trabajo, publicado el 30.01.2010, modifica los requisitos específicos establecidos en la presente norma para el ingreso y promoción en la Planta de personal de la Subsecretaría del Trabajo, en la forma que en dicha norma se indica.
El Artículo Único del Decreto con Fuerza de Ley 1, Trabajo, publicado el 30.01.2010, modifica los requisitos específicos establecidos en la presente norma para el ingreso y promoción en la Planta de personal de la Subsecretaría del Trabajo, en la forma que en dicha norma se indica.
NOTA 2
El artículo primero, Nº 1, del DFL 15, Hacienda, publicado el 09.07.2018, crea un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 5°, en la Planta de personal de Directivos de la Subsecretaría del Trabajo.
El artículo primero, Nº 1, del DFL 15, Hacienda, publicado el 09.07.2018, crea un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 5°, en la Planta de personal de Directivos de la Subsecretaría del Trabajo.
Anótese, tómese razón, comuníquese, publíquese y regístrese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- María Teresa Infante Barros, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Carlos Francisco Cáceres C., Ministro del Interior.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atentamente a Ud.- Juan Jorge Rodríguez, Subsecretario del Trabajo.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica Cursa con alcance DFL. N° 2, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
N° 8.117.- Santiago, 9 de Marzo de 1990 Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga al artículo 1° transitorio de la ley N° 18.834, se adecuan la planta y escalafones de la Subsecretaría del Trabajo a las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la ley citada. Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que el texto en estudio debe entenderse complementado por el artículo 47 de la ley N° 18.827, en lo referente a los cargos de Ministro y Subsecretario, toda vez que tales plazas integran la planta de ese organismo, contenida en el precepto recién citado.
Por otra parte, este Organismo Contralor entiende que los cargos de Profesionales y de Administrativos integran los estamentos de la respectiva denominación, que contempla el artículo 5° permanente de la Ley N° 18.834, expresiones que han sido omitidas en el documento en estudio.
Con los alcances que anteceden se ha dado curso al decreto con fuerza de ley del rubro.
Saluda atentamente a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República.
Al Señor Ministro del Trabajo y Previsión Social Presente