Artículo 4°.- Determínase la siguiente proporción de los cargos de planta de la Municipalidad de Chillán que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 3° de la Ley N° 19.434, deberán ser adscritos a la planta de personal establecida en el artículo 2° precedente.
Planta Proporción
Técnicos 9,9%
Administrativos 13,9%
Auxiliares 4,5%