Artículo 239. En la misma privación de derechosLEY 19585
Art. 1º Nº 23 y 24
D.O. 26.10.1998 incurrirán los padres que por su inhabilidad moral hayan dado motivo a la providencia de separar a los hijos de su lado; a menos que ésta haya sido después revocada.
Art. 1º Nº 23 y 24
D.O. 26.10.1998 incurrirán los padres que por su inhabilidad moral hayan dado motivo a la providencia de separar a los hijos de su lado; a menos que ésta haya sido después revocada.