Artículo 4°- Todo vehículo deberá presentar, además, en cada lugar en que haga escala, los siguientes documentos:
    1.- Manifiesto de carga de la mercancía consignada hacia o desde dicho lugar.
    2.- Guía de Correos con los efectos postales que hayan de ser entregados o recibidos del Servicio de Correos.
    3.- Lista de Pasajeros y Tripulantes que hayan de desembarcar, embarcar o permanecer en tránsito en dichos lugares.