ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA COMISION NACIONAL DE RIEGO AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
D.F.L. N° 3/18.834.- Santiago, 1° de Febrero de 1990.- Vistos: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorios de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo,
dicto el siguiente
Decreto con fuerza de ley:
Artículo único.- Adécuanse las plantas y escalafones del personal de la Comisión Nacional de Riego a lo dispuesto en el artículo 5° de la ley N° 18.834, en la forma que a continuación se indica:
______________________________________________________
SITUACION ACTUAL
______________________________________________________
Escalafón Cargos Nivel Grados N° de
D.F.L.90/77(H) E.U.S. Cargos
______________________________________________________
Jefe Superior de Servicio
Secretario Ejecutivo III 2° 1
Directivos
Superiores Director Ejecutivo II 3° 1
Directivos
Superiores Asesor Jurídico III 4° 1
Directivos
Superiores Jefe de Proyectos III 4° 3
Jefatura B Jefe Administrativo II 13° 1
___
6
Profesionales Profesionales 5° 4
Profesionales Profesionales 6° 4
Técnico
Universitario Técnico Universit. I 10° 1
Técnico
Universitario Técnico Universit. I 14° 1
____
10
Oficial
Administrativo Oficial Administr. II 16° 2
___
2
Choferes Chofer 23° 1
Choferes Chofer 25° 1
Auxiliar Auxiliar 25° 1
Auxiliar Auxiliar 26° 2
Auxiliar Auxiliar 27° 1
___
6
______________________________________________________
PLANTA ADECUADA A LA LEY N° 18.834.
______________________________________________________
Planta/Cargos Grado N° de
E.U.S. Cargos
______________________________________________________
Secretario Ejecutivo 2° 1
DIRECTIVOS
Jefe de Departamento 3° 1
Jefe Departamento Jurídico 4° 1
Jefes de Departamento 4° 3
Jefes de Sección 13° 1
___
6
PROFESIONALES
Profesionales 5° 4
Profesionales 6° 4
Profesional 10° 1
Profesional 14° 1
____
10
ADMINISTRATIVOS
Administrativos 16° 2
---
2
AUXILIARES
Auxiliar 23° 1
Auxiliares 25° 2
Auxiliares 26° 2
Auxiliar 27° 1
___
6
Establécense los siguientes requisitos para el ingreso
y promoción en las plantas y cargos que se indican:
Planta de Directivos
Jefe de Sección
Título de Técnico de una carrera con currículum
inferior a seis semestres, otorgado por un
establecimiento de Educación Superior del Estado
o reconocido por éste.
Planta de Profesionales
Profesionales grados 5 y 6:
a) Título profesional de una carrera de a lo menos 8
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste,
o
b) Título profesional de una carrera de a lo menos
6 semestres de duración, otorgado por una Universidad
o Instituto Profesional del Estado o reconocido por
éste, y desempeño de a lo menos 1 año en la
Administración del Estado en cargos de la Planta de
Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido
a escalafones que han pasado a integrar esta planta.
Profesionales grado 10 y 14:
a) Título profesional de técnico universitario con
carrera de 6 semestres a lo menosLey 21597
Art. 4
D.O. 26.09.2023.
Art. 4
D.O. 26.09.2023.
Planta de Administrativos
a) Licencia de educación media o equivalente, curso de
secretariado de 200 horas. Experiencia: 2 años y 6
meses.
Planta de Auxiliares
Haber aprobado la educación básica; además, el cargo
de auxiliar grado 23 y un cargo de auxiliar grado 25,
requerirán estar en posesión de licencia para conducir
clase A.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Pedro Larrondo Jara, Contralmirante, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Carlos Cáceres Contreras, Ministro del Interior.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Norman Bull de la Jara, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica División de Toma de Razón y Registro Cursa con alcance DFL. N° 3-18.834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción N° 12.809.- Santiago, 27 de Abril de 1990.
Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1° transitorio de la ley N° 18.834, se adecuan la planta y escalafones de la Comisión Nacional de Riego a las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la ley citada.
Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que el texto en estudio debe entenderse complementado con las normas sobre transformaciones de cargos previstas en el artículo 15 de la ley N° 18.827, que sustituyó la planta de esa Comisión.
Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República.
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción Presente.