Artículo 4°.- Determínase la siguiente proporción de los cargos de planta de la Municipalidad de Pelarco que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 3° de la Ley N° 19.435, deberán ser adscritos a la planta de personal establecida en el artículo 2° precedente.
Planta Proporción
Directivos 13%
Técnicos 20%
Administrativos 40%
Auxiliares 28%