SUPRIME CARGOS EN LA PLANTA DE LA OFICINA DE PLANIFICACION NACIONAL
D.F.L. N° 4.- Santiago, 10 de Febrero de 1982.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 3 de la Constitución Política de la República de Chile y la facultad que me otorga el artículo 3° de la Ley N° 18.104, que traspasó la facultad de confeccionar las cuentas nacionales y otros sistemas de contabilidad económico y social, de la Oficina de Planificación Nacional al Banco Central de Chile, y
Considerando: Que es necesario suprimir los cargos que quedan vacantes en la Oficina de Planificación por el traspaso de atribuciones y de personal indicado.
Decreto con fuerza de ley
Artículo 1°.- Suprímense en la Planta del Personal de la Oficina de Planificación Nacional, establecida en el artículo 20 de la Ley N° 16.635, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 1.415 de 1979, del Ministerio del Interior, los cargos que a continuación se indican:
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Cargo Grado EUS N° de
Cargos
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Profesional 5° 9
Profesional 6° 5
Profesional 8° 1
Profesional 9° 3
Profesional y Técnico
Universitario 14° 1
Profesional y Técnico
Universitario 15° 2
Profesional y Técnico
Universitario 16° 2
Profesional y Técnico
Universitario 19° 1
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Artículo 2°.- El Ministro Director de la Oficina de Planificación Nacional deberá dictar la resolución o resoluciones correspondientes, individualizando a las personas a quienes afecte la supresión de cargos dispuesta en el artículo anterior.
Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Coronel, Subsecretario de Hacienda.