ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA SUBSECRETARIA DE PESCA AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
Núm. 4/18.834.- Santiago, 1 de Febrero de 1990.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 1°, 2° y 13° transitorios, y artículo 7° de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo,
dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo único.- Adécuanse las plantas y escalafones del personal de la Subsecretaría de Pesca a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala:
I.- Cargos de exclusiva confianza:
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Situación actual
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Escalafón Cargo
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Directivos Superiores Directivos Superiores
II.- Cargos de Carrera:
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Situación actual
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Escalafón Cargo
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Directivos Superiores Directivo Superior
Directivos Superiores Jefes de Departamento
Directivos Jefe de Departamento
Jefaturas A Jefatura A
Jefaturas B Jefatura B
Profesionales Profesionales
Profesionales Profesional
Profesionales Profesionales
Profesionales Profesionales
Profesionales Profesional
Contadores Contador
Técnicos Técnico
Secretarios Ejecutivos Secretaria Ejecutiva
Secretarios Ejecutivos Secretaria Ejecutiva
Secretarios Secretaria
Oficiales Adminis. Oficial Adminis.
Secretarios Secretarias
Secretarios Secretarias
Oficiales Adminis. Oficial Adminis.
Oficiales Adminis. Oficial Adminis.
Mayordomos Mayordomo
Choferes Choferes
Auxiliares Auxiliares
Auxiliares Auxiliar
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Nivel Grado N° Cargos
E.U.S
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I 2° 2
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Nivel Grado N° Cargos
E.U.S
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III 4° 1
III 4° 3
II 6° 1
II 10° 1
I 11° 1
5° 2
6° 1
8° 2
10° 10
14° 1
I 12° 1
14° 1
I 10° 1
II 13° 1
I 14° 1
I 14° 1
I 15° 2
II 16° 2
II 16° 1
II 18° 1
I 19° 1
I 20° 2
I 22° 2
II 23° 1
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Adecuación según artículo 5° Ley N° 18.834
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Planta/Cargos Grado N° Cargos
E.U.S
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DIRECTIVOS
Jefes de División 2° 2
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Adecuación según artículo 5° Ley N° 18.834
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Planta/Cargos Grado N° Cargos
E.U.S
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DIRECTIVOS
Jefes de Departamento 4° 4
Jefe de Departamento 6° 1
Jefe de Sección 10° 1
Jefe de Sección 11° 1
PROFESIONALES
Profesionales 5° 2
Profesional 6° 1
Profesionales 8° 2
Profesionales 10° 10
Profesional 14° 1
TECNICOS
Técnico 12° 1
Técnico 14° 1
ADMINISTRATIVOS
Administrativo 10° 1
Administrativo 13° 1
Administrativos 14° 2
Administrativos 15° 2
Administrativos 16° 3
Administrativo 18° 1
AUXILIARES
Auxiliar 19° 1
Auxiliares 20° 2
Auxiliares 22° 2
Auxiliar 23° 1
Establécense los siguientes requisitos de ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:
a) Planta de Directivos: Para los cargos de Jefes de Departamento Grado 4° EUS. y 6° EUS. se requiere, título profesional de una carrera de 10 semestres o más de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, y una experiencia laboral de dos años en la Administración del Estado.
Para los cargos de Jefes de Sección Grado 10° EUS. y 11° EUS. se requiere, título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, y una experiencia laboral de dos años en la Administración del Estado.
b) Planta de Profesionales: Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste.
c) Planta de Técnicos: Título de Técnico o equivalente otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste o por un establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional.
Para el cargo de Técnico Grado 14° EUS se requiere, título de Contador y una experiencia laboral de un año en la Administración del Estado.
d) Planta de Administrativos: Licencia de Educación Media o equivalente.
e) Planta de Auxiliares: Haber aprobado la Educación Básica. Para 1 de los 2 cargos de Auxiliares del Grado 20° EUS. y 1 del Grado 22. EUS. se requiere además licencia de conducir.
Anótese, tómese razón, regístrese comuníquese, publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Pedro Larrondo Jara, Contraalmirante, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda.- Carlos Francisco Cáceres C., Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Roberto Cabezas Bello, Subsecretario de Pesca.
Contraloría General de la República División Jurídica Cursa con alcance DFL. N° 4/18834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción N° 8.162.- Santiago, 9 de Marzo de 1990.-
Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1° transitorio de la ley N° 18.834, se adecuan la planta y escalafones del personal de la Subsecretaría de Pesca a las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la ley citada.
Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que el texto en estudio debe entenderse complementado por el artículo 10 de la ley N° 18.827, en lo referente al cargo de Subsecretario, toda vez que tal plaza integra la planta de ese organismo, contenida en el precepto recién citado.
Saluda atentamente A US.,- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República.
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción Presente.